“El Ministerio de Justicia hace un trabajo bastante rigurosos para remitir los nombre para su estudio en la Corte Suprema de Justicia. Entonces hacemos un doble control. Preferiría que salga el indulto en febrero”, expresó ayer la ministra de Justicia, Cecilia Pérez.
El indulto es facultad discrecional del Presidente de la República, de acuerdo al numeral 10 del artículo 238 de la Constitución Nacional.
En enero de este 2021, el Presidente de la República indultó a tres personas privadas de libertad, dos mujeres y un hombre, que habitualmente se concede cada año, salvo en el 2020, que no se realizó.
El 8 de enero del 2019, Mario Abdo Benítez concedió el indulto presidencial a cuatro personas: dos mujeres y dos varones.
Requisitos
Entre los requisitos legales para conceder el indulto, la persona a ser beneficiada debe tener cumplida por lo menos la mitad de la pena.
La Ley Nº 1285/98 dispone que exige que la persona a ser beneficiada con el indulto cumpla por lo menos la mitad de la pena. Pero también se habla de que el beneficiario debe tener buena conducta, no haber sido condenado por delitos como el tráfico de drogas, violaciones, coacción sexual, crímenes o terrorismo.