La decisión presidencial faculta a abonar este pago complementario en el presente mes. Con esto, los asegurados que tuvieron que parar por las restricciones y medidas de contingencia por el COVID recibirán un pago extra, a la par de lo que regularmente percibían. El documento señala que la compensación no puede superar la base dispuesta en el artículo 7, inciso 3°, del decreto 3.546/2020.
Aquí se indica que la base de pago es el 50% del salario mínimo vigente. Para el efecto hay un cálculo que aparece en el inciso 5° del decreto del año pasado.
El decreto del “aguinaldo” para los trabajadores refiere a la existencia de la Ley 6.704/2021, que estipula fondos asignados por el Ministerio de Hacienda al IPS para que se paguen compensaciones a los empleados formales suspendidos por aislamiento preventivo, en situación de riesgo y reposos por salud.
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Estos pagos por suspensión se vienen haciendo desde el año pasado y se completó la acreditación en 19 ocasiones de manera mensual. El nuevo decreto está refrendado por los ministros de Hacienda, de Salud Pública y del Trabajo.
En el 2020 también se hizo el mismo pago extra a finales de ese año a 98.655 trabajadores. Aquella vez se desembolsó G. 44.579.137.907.
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La directora de Prestaciones Económicas del IPS, Cecilia Rodríguez, informó que el pasado 21 de diciembre, el primer grupo de 2.500 suspendidos cobró sus haberes y estaba a la espera del “aguinaldo”. En total se estimaba 4.000 trabajadores para este diciembre. El monto que se prevé desembolsar es de G. 4.500 millones, solo en lo que corresponde por suspensiones.
Rodríguez comentó a ABC que si se tienen en cuenta las liquidaciones pagadas este año, que corresponde a 27.319 personas, el monto estimativo será de G. 10.199.986.068 para el “aguinaldo”.
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