Suspensión con sueldo para jueza que benefició a narco

La jueza penal de sentencia Ninfa Torres de Ramos, que había sido suspendida sin goce de sueldo por otorgar la prisión domiciliaria al narcotraficante Víctor Brítez Aranda, alias Chapaló, finalmente recibirá su salario. Así lo dispuso ayer la Corte Suprema de Justicia en su sesión ordinaria, donde con el voto en mayoría se decidió hacer lugar parcialmente a la reconsideración planteada por la jueza.

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia, reunidos en la sesión de la fecha.GENTILEZA
audima

El ministro de la sala penal Manuel Ramírez Candia se ratificó en mantener la suspensión sin goce de sueldo, postura en que fue acompañado por los votos de los ministros César Garay, María Carolina Llanes, Eugenio Jiménez Rolón.

“El hecho acaecido es extremadamente grave, ha sido explicado de manera irrefutable (...)” , sostuvo Garay, al destacar que de ninguna manera se puede interpretar como una pena anticipada.

A su turno, votaron por la suspensión con goce de salario básico (sin gastos de representación y otros beneficios) los ministros Víctor Ríos, Antonio Fretes, Luis María Benítez Riera, Alberto Martínez Simón y César Diesel.

Torres fue suspendida tras conocerse que otorgó la prisión domiciliaria al narcotraficante Víctor Brítez Aranda, alias Chapaló, quien cumple dos condenas: una de 26 años de cárcel por narcotráfico y otra de 3 años de pena privativa de libertad por lavado de dinero.

Idéntica medida se adoptó con relación a la actuaria Nélida Bogado y al médico forense Gustavo Brítez.

Pese a que Torres otorgó la prisión domiciliaria a Brítez, el narco no salió de la cárcel debido a que autoridades del Ministerio de Justicia alertaron a la Corte.

Tras la difusión del caso a través de los distintos medios de comunicación, la misma jueza Torres retiró el oficio que había remitido a la cárcel, con lo cual se frustró la salida del narcotraficante.

Ríos pide a jueces aplicar ley de tobilleras electrónicas

También ayer, el ministro Víctor Ríos abogó por la aplicación de la ley 6568, que prevé el uso obligatorio del sistema de monitoreos por dispositivos electrónicos de control para casos de violencia doméstica (pulseras o tobilleras electrónicas).

En este sentido, Ríos destacó que este fin de semana se registraron nada menos que cinco casos de feminicidio y que no existe motivos para seguir dilatando la aplicación de una ley vigente, que puede ser de fundamental importancia en la prevención de hechos de esta naturaleza.

“Es una ley vigente, ya habíamos conversado en este espacio. ¿Qué pasó este fin de semana? Tuvimos otra vez cinco casos de feminicidio, ¡cinco casos de feminicidio! Este es un tema profundamente grave y aquí hasta se puede hablar de negligencia del Estado paraguayo porque en un fin de semana lamentamos otra vez cinco mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas mientras que el Estado sigue sin aplicar una ley aprobada para garantizar la vida a las mujeres víctimas de violencia doméstica”, expresó.

Asimismo, Ríos salió al paso de la postura sostenida por algunas instituciones de que es necesario reglamentar la legislación antes de llevarla a la práctica.

“Aquí hay una excusa desde otros ámbitos de que no está reglamentada la ley y que la Corte debe opinar. No hace falta reglamentar; esa ley se aplica y punto. Y si el poder pertinente, el poder competente, no adquiere los aparatos para que se pueda aplicar la ley ya no es responsabilidad de los jueces, los jueces deben aplicar”, agregó.

“Yo quiero aprovechar este espacio para instar, exhortar, pedir y rogar si hace falta a los señores jueces y juezas que apliquen esta ley porque repito, no podemos ser cómplices de casos de feminicidios que cada vez van en aumento por no aplicar una ley plenamente vigente que es la 6.568″, concluyó el ministro Ríos.

Lo
más leído
del día