Un rosario de irregularidades confirma el dictamen técnico de contrataciones elaborado por la Dirección General de Control de Contrataciones de la Contraloría General de la República (CGR) sobre las compras realizadas en el año 2020 por el intendente de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR, cartista). Adquisiciones pisoteando la ley 2051/03 de “Contrataciones Públicas, pliegos sin requerimientos imprescindibles y productos cuyo destino es desconocido son algunas de las anomalías.
Sin embargo, en el informe de 146 páginas, también figura que el jefe comunal asunceno compró artículos por encima de los precios referenciales. El equipo auditor confirmó las diferencias mediante la comparación de adquisiciones realizadas por otras instituciones del Estado y publicadas en el portal web de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
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Un caso específico es de la caja de guantes que, según el contrato firmado el 13 de marzo de 2020 por la comuna asuncena con la Distribuidora Diest Medicinal SRL representada por Benicio Cano Martínez, el precio es de G. 99.000 la unidad. Sin embargo, en otra compra realizada por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) el 16 de diciembre de 2019, tres meses antes, el precio del mismo producto era apenas de G. 21.175 la caja de 100 unidades.
Es decir, Nenecho compró los guantes de procedimiento a un precio casi quintuplicado, según el comparativo realizado por el equipo auditor.
El documento evidencia que la municipalidad asuncena no respetó un precio referencial a la hora de adquirir los productos. Es más agrega que la institución basó su pliego en la nota de presupuesto de una sola empresa, ante lo cual existe una marcada diferencia.
Tres veces más
Otra compra realizada por “Nenecho” por encima de un precio de referencia es de los aparatos de presión. En una adquisición de la Policía Nacional, el 27 de noviembre de 2019, de artículos médicos, por ejemplo, el aparato costó apenas G. 95.000 cada uno.
Sin embargo, la comuna adquirió a G. 330.000 cada equipo de presión con similares características y de procedencia china. La única variación era en cuanto a la marca.
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Un punto llamativo que señala el dictamen de la CGR es que existen discrepancias en las fechas de los actos durante el proceso de elaboración de un precio referencial. La comuna asuncena cursó la invitación a tres oferentes en el mismo día en que recepcionó la nota de presupuesto de la empresa consultada, Diest Medicinal SRL.
Es decir, la municipalidad invitó a los oferentes sin tener aún precio referencial para la adquisición de los productos. Igualmente, la documentación de la CGR dice que se constató suficiente información en el histórico de adjudicaciones de la DNCP que pudieron ser considerados para construir un precio referencial.