Comisión de DD.HH. de OEA admite denuncia de supuestas víctimas de Curuguaty e insta a solución amistosa

La Comisión Interamericana de DD.HH. (CIDH) notificó al Estado paraguayo su decisión de abrir el “caso Curuguaty” para su análisis de fondo e insta a una solución amistosa. Los peticionantes, entre ellos Rubén Villalba, alegan presuntas vulneraciones al debido proceso por irregularidades. El caso guarda relación al trágico 15 de junio del 2012, cuando fallecieron campesinos y policías en Curuguaty y que luego desembocó con el juicio político que destituyó al presidente de la República Fernando Lugo.

El caso guarda relación al trágico 17 de junio del 2012, cuando fallecieron campesinos y policías en el distrito de Curuguaty (Dpto. de Canindeyú) y que luego desembocó con el juicio político que destituyó Fernando Lugo. (foto de archivo).
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La CIDH, organismo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) con sede en Washington DC, notificó el 7 de diciembre pasado al abogado Aitor Martínez Jiménez, abogado de la Plataforma de Estudio e Investigación de Conflictos Campesinos (PEICC) y representante legal ante esta comisión de las víctimas (Rubén Villalba, Luis Olmedo, Dolores López, Néstor Castro, Adalberto Castro, Alcides Ramírez, Juan Carlos Tillería, María Fanny Olmedo, Arnaldo Quintana, Felipe Balmori, Lucia Agüero) que decidió abrir el denominado “caso Curuguaty” para su análisis de fondo, asignándole l expediente el número 14.786. La misma notificación recibió el Ministerio de Relaciones Exteriores, como representante del Estado paraguayo.

De acuerdo a los datos, la demanda fue presentada en 2014 y desde entonces el caso estuvo sometido a la fase de admisibilidad, presentándose las alegaciones de la demandante y el Estado. Sin embargo, el pasado 6 de diciembre de este 2021 la CIDH ha decidido abrir un caso contra el Estado paraguayo, acreditando que se cumplen los criterios de admisibilidad e informando que se han podido producir violaciones a la Convención Americana de Derechos Humanos.

Según los informes, a partir de ahora el Estado paraguayo afronta un caso ante la CIDH en relación a presuntas vulneraciones al debido proceso por irregularidades en el caso, así como por la falta de investigación de las denuncias de ejecuciones extrajudiciales o torturas que las víctimas alegan se cometieron en Paraguay.

No obstante, la CIDH ha invitado a las víctimas y el Estado paraguayo a que exploren la posibilidad de articular una “solución amistosa”, procedimiento de negociación que permite que se llegue a un acuerdo entre las partes y así evitar la continuación del litigio. De rechazarse esa posibilidad de acuerdo entre las partes, el proceso seguiría en el caso contra el Estado paraguayo.

Procedimiento

Según el artículo 37 del reglamento de la CIDH, “con la apertura del caso, la Comisión fijará un plazo de cuatro meses para que los peticionarios presenten sus observaciones adicionales sobre el fondo. Las partes pertinentes de dichas observaciones serán transmitidas al Estado en cuestión a fin de que presente sus observaciones dentro del plazo de cuatro meses. Agrega que la Secretaría Ejecutiva evaluará solicitudes de prórroga de los plazos mencionados en el inciso precedente, que estén debidamente fundadas. Sin embargo, no concederá prórrogas que excedan de seis meses contados a partir de la fecha del envío de la primera solicitud de observaciones a cada parte.

Señala además, que antes de pronunciarse sobre el fondo del caso, la Comisión fijará un plazo para que las partes manifiesten si tienen interés en iniciar el procedimiento de solución amistosa previsto en el presente reglamento.

Antecedentes

El 15 de junio de 2012, campesinos y policías se enfrentaron en medio de un intento de desalojo de Campos Morombí. El hecho dejó 17 muertos. Días más tarde, este hecho desembocó en el juicio político mediante el cual el Congreso destituyó al entonces presidente de la República, Fernando Lugo.

El 11 de julio de 2016, el tribunal de sentencia integrado por los jueces Ramón Trinidad Zelaya, Benito Ramón González y Samuel Silvero condenó a los 11 acusados por la masacre. En mayo de 2017 los camaristas Carlos Domínguez, María Belén Agüero y Narciso Ferreira confirmaron en todas su partes la sentencia de primera instancia. En junio de 2017 se presentó la casación.

El 26 de julio del 2018, Los camaristas Cristóbal Sánchez , Emiliano Rolón Fernández y Arnaldo Martínez Prieto, quienes integraron la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, por inhibiciones, hicieron lugar al recurso extraordinario de casación que plantearon los condenados por el caso de la masacre de Curuguaty y de esa manera resolvieron revocar las sentencias y ordenaron la libertad inmediata de los que estaban presos.

Por este caso estaban condenados el principal acusado Rubén Villalba a 30 años de cárcel más cinco de medidas de seguridad por homicidio doloso en grado de tentativa, asociación criminal e invasión de inmueble ajeno, Luis Olmedo Paredes, a 20 años de cárcel; Arnaldo Quintana y Néstor Castro Benítez, a 18 años de cárcel, todos por homicidio doloso en grado de tentativa, invasión de inmueble ajeno y asociación criminal. Estas cuatro personas debían quedar en libertad de forma inmediata según la resolución.

También estaban condenadas Lucía Agüero, María Fanny Olmedo y Dolores López, a seis años de cárcel por complicidad en el homicidio, asociación e invasión, y Felipe Benítez Balmori, Adalberto Castro, Alcides Ramírez, Juan Tillería, a cuatro años de cárcel por asociación criminal e invasión de inmueble ajeno. Todos ellos ya están en libertad por compurgar sus respectivas penas.

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