La SET anunció a los empresarios del sector que próximamente se daría a conocer el decreto de la Presidencia de la República que amplía hasta el 31 de diciembre la vigencia del Decreto N° 5585/2021, por el cual se modifican temporalmente las tasas del ISC para determinados productos comprendidos en la Ley N° 6380/2019, “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”.
El referido decreto estableció que hasta el 31 de octubre rigen estos niveles del ISC que ahora serán extendidos hasta fin de año: 7% para la cerveza sin alcohol y con alcohol, 4% para las sidras sin alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica hasta el 0,5% Vol. a 20° Celsius.
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También 4% para sidras con alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 0,5% hasta 1 0% Vol. a 20° Celsius; vinos de frutas, naturales o dulces; champagne y equivalentes y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 10% hasta el 30% Vol. a 20° Celsius; coñac, whisky, tequila, agua ardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 30% Vol. a 20° Celsius.
Además, los perfumes, aguas de tocador, preparaciones de belleza y maquillaje que tienen actualmente una tasa del 2%.
El argumento expuesto por la SET para reducir las tasas en aquel entonces, era que se buscaba estimular el comercio en las zonas fronterizas y mitigar el impacto de la pandemia por covid-19 en las empresas del sector.
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Esta medida de reducción de tasas del ISC se viene aplicando desde junio el año pasado cuando se dio a conocer el Decreto N° 3735/2020 por el cual se modificaban temporalmente las tasas, una medida solicitada por los gremios de importadores de bebidas para reactivar el comercio en el país.