Mitos y realidades sobre nuevas reglas para transferencias con ley de confianza

Muchas dudas aún genera el proyecto de ley de “Servicio de Confianza de las transacciones Electrónicas” sancionado por el Congreso. Algunos temen que el servicio ya no sea accesible y que termine matando el negocio, por otro lado, se habla de transacciones más ágiles y seguras.

Al mes se procesan alrededor de 5 millones de transacciones de giros y envíos vía móviles.
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¿Se eliminarán las transacciones de giro con la Ley de Servicio de Confianza?, ¿será más costoso el servicio?, ¿qué ventajas y desventajas traerá para el usuario el cambio en la normativa sobre transacciones de giros y envíos? Son algunas de las interrogantes que desarrollamos en esta nota con los sectores involucrados.

-¿Qué cambios traerá esta norma en la operación de transferencias?

Arsenio Ocampos, de la Cámara de Operadores Móviles del Paraguay, dijo que conforme a la ley aprobada todas las transacciones deberán contar con un nivel de seguridad alto y este nivel de seguridad alto se logra mediante una certificación de identidad, que es un trámite previo que debe realizar el usuario ante un tercero que es el “Prestador de Servicio Cualificado”.

A su vez, Lucas Sotomayor, director general de Firma Digital y Comercio Electrónico del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), añadió que el principal cambio radica en la validación de los datos a través de una certificación electrónica (firma digital, pin, cédula electrónica) Ahora el prestador de servicios de giro y envío deberá validar a través de un medio digital (celular) si los datos que la persona provee son correctos, estableciéndose la responsabilidad en este caso para el prestador de servicios. Añadió, que para declarar sus datos, el ciudadano tendrá varias opciones, entre ellas por ejemplo con la cédula electrónica que el Ministerio del Interior está licitando y que estaría disponible en poco tiempo.

- ¿Será más costoso el servicio de giro o envíos?

Arsenio Ocampos de la Cámara de Móviles afirmó que la certificación de la identidad la deberá gestionar el usuario y como esta certificación es válida para realizar también otras operaciones, “lo deberá pagar el usuario”.

Lucas Sotomayor detalló que el Estado está previendo dos mecanismos gratuitos para que los usuarios (más de 2 millones en todo el país) tengan su identidad electrónica. Un mecanismo es con la nueva cédula de identidad electrónica que está en curso para su implementación y el otro a través de la plataforma de identificación digital que ofrece el Ministerio de Tecnología de la Información y Comunicación (MITIC).

En cuanto a la tecnología de procesamiento, reconoció que los prestadores de servicios deberán contar con equipos tecnológicos más avanzados (teléfonos inteligentes), lo que requerirá mayor inversión para poder procesar datos de sus clientes.

- ¿Quién podrá ser Prestador de Servicio de Confianza?

Un Prestador de Servicios de Confianza (PSC) podrá ser una entidad jurídica o física, pública o privada, justamente para masificar la posibilidad que el ciudadano tenga su identidad electrónica, detalló Sotomayor.

- ¿Se tendrá la capacidad tecnológica para realizar estas validaciones?

Para Ocampos, de la Cámara de Telefónicas, definitivamente no. Detalló que para prestar estos servicios hoy solo están habilitadas ante el MIC 3 empresas y el Ministerio del Interior, estas 3 empresas no están presentes en todo el país y no tienen la infraestructura para realizar el proceso de validación de datos de 2 millones de titulares.

- ¿Va a limitar el alcance de las transacciones a pobladores de zonas rurales?

Ocampos cree que sí, ya que según explicó la conjugación de las variables de costo y lejanía de los puntos en los que se podrá certificar la identidad con seguridad dejará afuera del sistema a mucha gente, sobre todo de los lugares más alejados y de los segmentos más carenciados.

-¿Se verá afectado el servicio?

Desde la Cámara de Operadores Móviles creen que muchos locales dejarían de proveer el servicio, porque se estima que la demanda bajaría bastante con estos cambios en la reglas.

-¿Esta ley garantiza eliminar los fraudes?

Según Lucas Sotomayor, director de Firma Digital, este cambio ayudará a que Paraguay esté a la vanguardia en los estándares de seguridad y recomendaciones del Gafi en estos temas. Añade que al contar con mecanismos que permitan validar los datos de la persona que envía y recibe dinero aumenta la seguridad de las transacciones y esto ayudará a reducir drásticamente todo tipo de fraudes que se vienen dando. Al establecerse la responsabilidad jurídica, el prestador del servicio tendrá mucho más cuidado al momento de realizar la transacción.

-¿Qué ventajas aportará a gestiones del usuario?

Beltrán Macchi, de la Asociación de Bancos del Paraguay, apuntó que una vez incorporado este nuevo esquema, los tramites serían mucho más ágiles y fiables. “Pasaremos del mundo físico con fotocopias de cédula a un mundo más digital y sobre todo se agregará el factor de autenticación de identidad para evitar el robo de datos o robo de identidad”, acotó.

- ¿Qué desventajas tendrá la norma en la práctica?

Según Arsenio Ocampos, de la Cámara de Operadores Móviles, la principal desventaja de este proyecto de Ley sancionado es que se va a tocar un ecosistema que funciona y que le ayuda a resolver sus problemas a la gente y se lo vamos a hacer más complejo y más costoso. “La experiencia del cliente va a cambiar y los efectos en el mercado pueden ser no deseados, es por eso que el BCP acompañaba la versión del Senado, porque le dejaba al regulador un margen de maniobra para ir realizando ajustes paulatinos conforme al perfil de riesgo y transaccional del cliente”, dijo finalmente el ejecutivo.

Congreso sancionó plan

El jueves último, el Senado trató y aprobó en su sesión ordinaria el proyecto de ley de servicios de confianza para las transacciones electrónicas. Finalmente, corrió la propuesta de Diputados, ya que la Cámara Alta no pudo ratificar su postura inicial, que consistía en no fijar un nivel de seguridad alto para estas operaciones, sino dejarlo a cargo de la reglamentación del Banco Central del Paraguay (BCP).

El proyecto de ley sancionado, ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

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