En estos días, muchos contribuyentes “se enteraron” que las compras de la canasta básica no deberían haber sido nunca presentadas ante la SET para deducir como IVA crédito. Debido a la gran confusión generada, la Subsecretaría de Estado de Tributación difundió un extenso documento para aclarar todas las dudas al respecto.
Primeramente, la institución explicó que el IVA crédito es la suma del impuesto incluido en los comprobantes de compras realizadas en el mes, que cumplan con lo previsto en la Ley N° 6380/2019, el impuesto pagado en el mes al importar bienes y las retenciones o percepciones del impuesto efectuadas a los beneficiarios radicados en el exterior, por la realización de operaciones gravadas en territorio paraguayo.
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¿Cuáles son las compras deducibles como IVA Crédito?
Según la SET, las personas físicas prestadoras de servicios personales y profesionales podrán deducir el IVA crédito correspondiente a la adquisición de los siguientes bienes y servicios:
- Salud personal.
- Capacitación o especialización que guarden relación con el servicio que se presta.
- Servicios de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, recolección de residuos o servicios de telecomunicaciones.
- Arrendamiento de oficina, así como su mantenimiento, remodelación o refacción.
- Útiles, mobiliarios y vestimenta de oficina.
- Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de vehículos.
- Subcontratación de servicios profesionales.
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Mayor control de los comprobantes desde el 2022
Actualmente, gran parte de los contribuyentes declara todo tipo de compras y el control de la SET solo era aleatorio o ante casos de denuncias puntuales. Sin embargo, la subsecretaría reglamentó en mayo pasado el Registro Electrónico de Comprobantes.
Dicho registro tiene como objetivo “simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones impositivas”. Se implementará el registro electrónico de los comprobantes de ventas y compras, y de ingresos y egresos.
La SET destacó que este registro será primeramente empleado para algunos sujetos específicos señalados en su página web, que fueron designados debido a sus niveles de ingresos y otros criterios técnicos. El resto de los contribuyentes tendrán la obligatoriedad de implementar este registro recién desde el 1 de enero del 2022.
Hasta el 31 de enero del 2022 no se aplicarán sanciones por incumplimientos ni por el registro de los comprobantes fuera de los plazos, con el objetivo de otorgar un “plazo de adaptación” en el primer mes del año.
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