La fecha de elecciones fue fijada por el Consejo de Decanos de Facultades de Derecho de Universidades Privadas con no menos de 20 años de funcionamiento, en las que debe elegir a sus representantes docentes (titular y suplente) para el Consejo de la Magistratur.
Esta elección ya se debió realizar el 17 de diciembre de 2020, pero sucesivas dilaciones y luego una demanda de nulidad promovida ante la Justicia Electoral por dos decanos de universidades, trabó los comicios.
El 24 de agosto pasado, el Tribunal Electoral rechazó esta demanda de nulidad de constitución del Consejo de Decanos, pero ahora los demandantes recurrieron nuevamente ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), con lo que las elecciones previstas para el 23 de setiembre no se realizarían. Esto dependerá si la Justicia Electoral concede o no la medida cautelar para posponer el llamado de las elecciones de docentes.
<b>Antecedentes de la demanda</b>
El Consejo de Decanos, según el edicto publicado el domingo 22 de noviembre de 2020, llamó a elecciones para el 17 de diciembre de 2020, disposición que fue atacada de nulidad por el camarista Gustavo Auadre Canela y la fiscala Carmen Gubetich de Catoni, en sus condiciones de decanos de las facultades de Derecho de las universidades Autónoma de Asunción y Del Norte, respectivamente. También habían objetado en la demanda, la constitución del Consejo de Decanos.
El Tribunal Electoral Segunda Sala, de la capital, concedió una medida cautelar y ordenó la suspensión del llamado a elecciones convocado por el Consejo de Decanos de Facultades de Derecho de Universidades Privadas con no menos de 20 años de funcionamiento.
La medida cautelar fue dictada por los jueces electorales Guillermo Casco Espínola y Ariel Teodoro Romero, con la disidencia del magistrado Pedro Arias, ante la demanda de nulidad promovida por los decanos Auadre y Gubetich de Catoni.
Los demandantes alegaron que el Consejo de Decanos fue integrado con la participación de solamente tres universidades, la Católica, la Americana y la Tecnológica Intercontinental (UTIC), de la que no participaron otras seis casas de estudios terciarios que están habilitadas.
Por su parte, el abogado Carlos Montalbetti, en representación del Consejo de Decanos de las Universidades Privadas, pidió que se rechace la demanda de nulidad. Alegó que ella no corresponde al fuero electoral y que los accionantes no tienen legitimación activa.
RECHAZO DE DEMANDA<b> </b>
Por mayoría, el Tribunal Electoral, Segunda Sala, resolvió por sentencia del 24 de agosto, no hacer lugar a la demanda de nulidad de la constitución del Consejo de Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas con no menos de 20 años de funcionamiento, instaurada por el abogado Favio Benítez, en representación de Auadre Canela y Gubetich de Catoni.
Sin embargo, la resolución del Tribunal Electoral, Segunda Sala, fue apelada ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) por lo que las expectativas de realizar las elecciones este 23 de setiembre son muy pocas.
Los demandantes, según las fuentes, argumentaron en su apelación ante el TSJE lo sostenido en el voto en disidencia del juez electoral Ariel Teodoro Romero, quien afirmó que si el reglamento que elaboró el Consejo de Decanos es aplicable al proceso para la elección de los representantes de las facultades de derecho de las universidades privadas con no menos de 20 años de funcionamiento; se estaría viciando de nulidad todo el proceso eleccionario y su consecuente resultado.
En ese sentido fundamenta que el citado reglamento otorga al Consejo de Decanos y su Tribunal Electoral, facultades que, en realidad, son exclusivas y excluyentes de la Justicia Electoral creado por el artículo 273 de la Constitución de la República del Paraguay y facultado por Ley N° 296/94 para lo relativo a la organización, juzgamiento de las elecciones y consecuente proclamación del elegido como representante de los profesores de las facultades de Derecho con no menos de 20 años de funcionamiento, de las universidades privadas.
Los jueces Pedro Arias y Teresita Martínez votaron, en mayoría, por rechazar la demanda promovida por Auadre Canela y por Gubetich de Catoni. El dictamen fiscal también recomendó el rechazo de la demanda de nulidad.
<b>Mandato vencido</b>
El representante docente de las universidades privadas ante el Consejo de la Magistratura Cristian Daniel Kriskovich tiene mandato vencido desde marzo de 2020, pero no se puede elegir a su reemplazante debido a las trabas en la justicia ordinaria que interponen los interesados.