El proyecto de ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales de las personas físicas a fin de garantizar el ejercicio pleno de los derechos de sus titulares, y la libre circulación de tales datos, de conformidad a lo establecido en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de los cuales Paraguay es parte.
La norma prohíbe la comunicación o uso compartido entre responsables del tratamiento de datos personales sensibles relacionados con la salud con el fin de obtener una ventaja económica, salvo en los casos relacionados con la prestación de servicios sanitarios, asistencia farmacéutica y asistencia sanitaria, incluidos los servicios auxiliares para el diagnóstico y la terapia, para el beneficio de los intereses de los titulares de los datos, y para permitir la portabilidad de datos cuando lo solicite el titular.
Se establecen faltas leves, graves y muy graves. Un caso muy grave sería recolectar, almacenar, transmitir o de cualquier otra forma emplear, por parte de personas físicas o jurídicas privadas, datos sensibles, sin contar con una de las bases legales establecidas en la legislación. Por esta falta se prevé una multa de hasta 35.000 jornales mínimos (G. 3.081 millones) y la suspensión de la base de datos.
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