Queda firme mínima condena de 2 años y medio al “mecánico de oro”

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa de Miguel Ángel Carballo, más conocido como el “mecánico de oro”. Con esta decisión del máximo tribunal queda firme la condena de 2 años y 6 meses de cárcel por el delito de enriquecimiento ilícito.

Miguel Ángel Carballo junto al exsenador Víctor Bogado.Archivo, ABC Color
audima

Los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, integrantes de la Sala Penal de la CSJ, resolvieron de forma unánime declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por el encausado Miguel Ángel Carballo, conocido como el “mecánico de oro”, en contra del Acuerdo y Sentencia Nº 37 del 31 de mayo de 2021.

Con esta decisión de la máxima instancia judicial se confirma el fallo del Tribunal de Apelación 1ª Sala, integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander Dans, que confirmó la Sentencia Definitiva Nº 11 del 7 de enero de 2021, dictada por los jueces Víctor Medina, Olga Ruiz y Elsa García, por la cual Miguel Ángel Carballo fue condenado a 2 años y medio de prisión por el hecho punible de enriquecimiento ilícito.

Los miembros de la Sala Penal argumentaron que el recurrente no acompañó a su escrito de casación la copia de la Cédula de Notificación cursada a su parte o a su abogado defensor, y que tampoco esta circunstancia fue advertida por sus representantes, en el sentido de que no existe explicación del por qué no se acompaña la cédula de notificación.

“Por tales motivos, no es posible verificar de modo concreto la observancia del término de diez días fijado por el legislador para la presentación del recurso de casación (artículos 468 y 480 del Código Procesal Penal), lo que constituye un obstáculo para el análisis de la admisibilidad del recurso”, resaltó el ministro preopinante Manuel Ramírez Candia.

Se probó el enriquecimiento ilegal, pero aplicaron pena mínima

En el juicio oral que finalizó en enero de este año, quedó probada una enorme incongruencia entre los ingresos y egresos que tuvo el “mecánico de oro”, pero el Tribunal de Sentencia le aplicó la exigua pena de 2 años y 6 meses de pena privativa de libertad. El fiscal Luis Piñánez había requerido una condena de 6 años y medio de prisión.

Carballo comenzó a trabajar en la función pública el 6 de julio de 2007, en la Municipalidad de Asunción, con un salario de G. 1.800.000, que luego fue aumentado a G. 2.300.000. El 22 de enero de 2008, ascendió como jefe de Transporte de la Comuna y su sueldo aumentó a G. 3.000.000.

El 10 de julio de 2008 asumió como director de Abastecimiento, con un salario de G. 5.492.240. El 18 de junio de 2013, el entonces presidente de la Cámara de Diputados Víctor Bogado lo nombró como asesor con una remuneración de G. 6.098.000.

Desde el 2007 al 2017, Carballo percibió como funcionario G. 951.318.446. Sin embargo, compró el shopping Vía Bella por G. 1.900 millones; un departamento por G. 450 millones y le prestó US$ 300.000 a la exdiputada Cynthia Tarragó.

Según se probó en el juicio, el hoy condenado compró vehículos por G. 50.500.000 y US$ 62.000. Desde el 2013 al 2017, depositó G. 1.500 millones en una entidad bancaria. Desde el 2009 al 2016 depositó US$ 1.600 millones en una caja de ahorro. Tenía otras cuentas de G. 229 millones.

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