Diputados sancionó la ley de consolidación económica

La Cámara de Diputados sancionó este miércoles el proyecto de ley que establece medidas transitorias de consolidación económica y de contención social para mitigar el impacto de la pandemia por covid-19. La nueva normativa pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La Cámara de Diputados se ratificó en su proyecto de ley de consolidación económica.
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La Cámara Baja por mayoría de votos se ratificó hoy en el proyecto de ley que había aprobado con modificaciones en la sesión extraordinaria del 10 de agosto, tal como lo recomendó el dictamen emitido ayer por la Comisión de Presupuesto.

El proyecto fue presentado por el Ejecutivo el 21 de junio con carácter de urgencia, disposición que fue levantada tanto por Diputados como por la Cámara de Senadores con el argumento de disponer de más tiempo para su estudio.

El plan de consolidación económica y de contención social sancionada en la fecha, prevé en lo que resta del año la ejecución de programas para mitigar el efecto de la pandemia por covid-19 por un monto total de US$ 365 millones.

El paquete se financiará con un aporte de US$ 50 millones de Petróleos Paraguayos (Petropar); US$ 40 millones de reasignaciones de proyectos financiados con préstamos; US$ 25 millones provenientes de la emisión de bonos del Tesoro; y US$ 250 millones de derechos especiales de giro (DEG) del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Los DEG son moneda interna del organismo internacional que nuestro país deberá convertir en dólares para su utilización, pero mientras se realiza este proceso el Banco Central del Paraguay (BCP) esta autorizado a adelantar los recursos para la ejecución de los programas.

Distribución de fondos

El proyecto de ley destina US$ 262 millones para el financiamiento de gastos de salud, excluyendo servicios personales, y los programas sociales, como adultos mayores, jubilaciones, entre otros.

Al Instituto de Previsión Social (IPS) se asigna US$ 23 millones para mantener el pago del subsidio a trabajadores formales suspendidos o cesados por la pandemia o con reposo.

También se dispone US$ 10 millones para la exoneración de los servicios básicos (agua y luz) de hasta el 50% para las empresas dedicadas a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos; así como a los trabajadores y comerciantes que recibieron el subsidio de frontera (que residen en las 16 ciudades en la frontera con Argentina).

La ley prevé subsidio para sector gastronómicos y otros.

Además, contempla el pago de un subsidio monetario de hasta el 50% del salario mínimo legal a los trabajadores independientes, cuya actividad económica esté relacionada con la prestación de servicios a las empresas dedicadas a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos.

Se prevé US$ 18 millones para el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) para la construcción de viviendas sociales; US$ 20 millones para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y cuentapropistas; y US$ 25 millones para capitalizar el Fondo de Garantías del Paraguay (Fogapy), que se cubrirá con la emisión de bonos.

La Secretaría Nacional de Emergencia (SEN) recibirá US$ 3 millones para kit de alimentos para la población vulnerable; US$ 1 millón para el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI); US$ 1 millón para el Crédito Agrícola de Habilitación (CAH); y US$ 2 millones para la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (Diben) para la compra de medicamentos.

Aumento para docentes

Los legisladores excluyeron del artículo 4°, inciso e) que prohibe aumento salariales hasta fin de año en el sector público, a los docentes del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), del Instituto Nacional de Educación Superior (INAES) e Instituto de Bellas Artes, así como para el personal de blanco de salud pública.

Igualmente se excluyó del inciso d) del artículo 4°, que suspende la implementación del programa de desprecarización laboral del personal contratado, al Instituto de Previsión Social (IPS) y del Ministerio de Salud Pública.

Los docentes se habían movilizado para ser excluidos de la prohibición de recibir aumento salarial.

En el caso de los docentes del MEC, INAES y Bellas Artes, al ser excluido de la prohibición se mantiene en vigencia lo que establece el artículo 254 de la Ley N° 6672, de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2021, sobre las condiciones para el pago del incremento salarial.

El referido artículo de la ley de presupuesto indica que se podrá otorgar un aumento salarial de hasta 8% a los maestros si el incremento de los ingresos es superior al 10%; y hasta el 16% en el caso de que la recaudación sea superior al 15%, beneficio que se abonará en el último trimestre del año (octubre, noviembre y diciembre).

Se eliminó del proyecto de ley el artículo que suspende la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) a los exportadores que el Ministerio de Hacienda pretendía implementar para lo que resta del año, de tal modo a disponer de recursos para financiar gastos presupuestados.

En cuanto a los cheques sin fondos, se extiende excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre, que los bancos de plaza se abstendrán de aplicar y comunicar a la Superintendencia de Bancos sanciones de inhabilitación por un año para girar cheques y operar en cuentas corrientes en todos los bancos del país, así como también se abstendrán de aplicar multas a cualquier oro costo que pudiera imputarse.

Proceso de estudio

El Senado analizó por primera vez el proyecto de ley el 27 de julio, aprobando con modificaciones, estableciendo una redistribución de los recursos y quitando ciertas atribuciones discrecionales al Ejecutivo.

Diputados, a su turno el 10 de agosto, decide modificar lo aprobado por el Senado, tanto en cuanto a distribución de recursos como a facultades del Ejecutivo y devuelve a la Cámara Alta el proyecto, que el 12 de agosto decide aceptar parte y ratificarse en otros puntos aprobados inicialmente. Sin embargo, finalmente, este miércoles 25 los diputados ratificaron su sanción inicial por mayoría de votos.

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