Horario de libre circulación será de 05:00 a 02:00 desde este miércoles

En la tarde de este martes, el Poder Ejecutivo publicó en nuevo decreto sobre las medidas sanitarias establecidas para mitigar la propagación del coronavirus. Se amplía el horario de circulación y la restricción va de 02:00 a 05:00. Dichas disposiciones estarán vigentes desde el 25 de agosto hasta el 7 de setiembre.

Controles de policías y militares realizados en Asunción en marzo pasado.Diego Peralbo, ABC Color
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Se dio a conocer esta tarde el decreto Nº 5885 que establece las nuevas medidas sanitarias en el país, que estarán vigentes desde mañana miércoles, hasta el 7 de setiembre.

Una de las principales flexibilizaciones establece un nuevo horario de circulación. “Establécense medidas específicas en el marco del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el territorio nacional a partir del 25 de agosto de 2021 hasta el 7 de septiembre de 2021. Durante la vigencia de las medidas, los habitantes podrán realizar sus desplazamientos, con las excepciones dispuestas en el presente decreto, desde las 5.00 hasta las 02:00 horas”, reza el documento.

Otras disposiciones establecidas en el decreto es que los eventos sociales podrán tener espacios bailables y barras solo al aire libre. “En los eventos sociales podrán participar hasta doscientas (200) personas en espacios cerrados con ventilación adecuada, y hasta trescientas cincuenta (350) personas en espacios al aire libre. No se podrán combinar espacios abiertos y cerrados”.

Las actividades en las residencias particulares podrán ser de hasta 25 personas.

Los eventos culturales podrán desarrollarse siempre cumpliendo los protocolos sanitarios y con una cantidad máxima de personas de hasta el cincuenta por ciento (50%) de la capacidad del lugar.

Sobre los actos religiosos el decreto establece que serán “con ambientes bien ventilados, uso permanente de mascarillas e higiene de manos. Las personas que asistan a estos actos permanecerán sentadas en asientos asignados y sin interacción entre sí”. Para estos también rige la norma de realización con el 50% de la capacidad del lugar.

En el aspecto deportivo, el texto explica que se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento, participación y competencias cumpliendo las medidas sanitarias vigentes y las normativas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Secretaría Nacional de Deportes.

Además, se permiten las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados y abiertos. En estos casos se deberá mantener cuatro metros de distancia entre una persona y otra.

También quedaron permitidas las actividades recreativas y deportivas en espacios al aire libre realizadas por niños y niñas.

Igualmente, sigue vigente el horario de trabajo del sector público de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 16:00.

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