Se confirma que Ramón González Daher y su hijo irán a juicio oral

El Tribunal de Apelación, Cuarta Sala, resolvió este viernes declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo. Con esto, se confirma que los acusados van a juicio oral y público por usura y lavado de dinero.

Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo están acusados de usura y lavado de dinero.Archivo, ABC Color
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El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, integrada por los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón Fernández y Gustavo Santander Dans declaró inadmisible el recurso de apelación planteado por los abogados Jorge Bogarín, Bettina Legal, Richar Rojas, Gustavo Leguizamón y Verónica Rotela en contra del Auto Interlocutorio N° 325 de 9 de abril pasado, dictado por el juez especializado en delitos económicos Humberto Otazú.

Con el fallo del Tribunal de Apelación se confirma el auto de apertura a juicio oral de la causa que afronta Ramón Mario González Daher, por supuesta usura y lavado de dinero; y su hijo Fernando González Karjallo, por el supuesto hecho punible de lavado de dinero.

La apelación planteada por la defensa es contra la decisión del Juez de Garantías que rechazó el incidente de nulidad de la acusación; así como el rechazo del incidente de prescripción parcial y el incidente de sobreseimiento definitivo de los acusados de algunas porciones de los hechos atribuidos a los mismos.

La defensa también apeló el rechazo de la excepción de falta de acción contra la acusación presentada por la querella adhesiva, con relación al hecho de lavado de dinero; el rechazo al pedido de aplicación del procedimiento abreviado y que el juez Humberto Otazú no haya autorizado el pago de la deuda a Tributación, en concepto de impuestos, y los honorarios profesionales a los abogados defensores.

Los camaristas coincidieron que la apelación interpuesta por la defensa de los acusados es inadmisible, atendiendo que el artículo 461 del Código Procesal Penal establece taxativamente que el auto de apertura a juicio no será recurrible.

Sin embargo el camarista Santander Dans votó por hacer lugar a la exclusión de la querella adhesiva en los hechos que guarden relación con el hecho punible de lavado de dinero, quedando legitimado a seguir sobre el hecho punible de usura, tal como solicitó la defensa de los acusados.

Ahora se debe sortear los integrantes del Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo el juicio oral a Ramón González Daher y Fernando González Karjallo y, una vez que quede firme la integración, se tendrá que fijar fecha para el inicio del juzgamiento.

Fiscalía pidió comiso por más de G. 58.000 millones

El fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción Osmar Legal, quien presentó la acusación por usura y lavado de dinero contra Ramón González Daher y por lavado de dinero contra su hijo Fernando González Karjallo, solicitó el comiso especial de bienes a ambos acusados por G. 58.493.632.102.

Según la investigación del Ministerio Público, esa cifra es la que el expresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol y su hijo lograron ingresar al sistema financiero entre los años 2010 y 2019 haciendo suponer, tanto a las entidades públicas como privadas, que era producto de lo percibido por el cobro de alquileres y compra y venta de inmuebles, cuando que en realidad lo consiguieron a través de la usura.

La acusación puntualiza que la desproporción entre lo prestado por RGD y lo que le devolvían como intereses sus clientes son “superlativamente excesivos” y que utilizaba como medio para dicho fin ilícito pagarés o cheques, teniendo en cuenta que realizó un total de 227 denuncias por estafa contra varias personas, asegurando ser la víctima, según datos oficiales de la Oficina de Denuncias de la Fiscalía.

Por su parte, Fernando González Karjallo era el encargado de blanquear las utilidades percibidas por su padre, por medio de la usura, haciendo de prestanombre para disimular y ocultar el verdadero origen de los bienes obtenidos de forma ilegal, según concluye el Ministerio Público.

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