Senador Rodríguez presenta proyecto de ley para “resucitar” LAP, en plena pandemia

Un proyecto de ley que restablece la desaparecida entidad de Líneas Aéreas Paraguayas (LAP) fue sigilosamente presentado el 21 de junio pasado por el senador Miguel Fulgencio Rodríguez (Frente Guasu). La iniciativa legislativa está en estudio en varias comisiones.

Senador Miguel Fulgencio Rodríguez (Frente Guasu), proyectistas de la ley para resucitar Líneas Aéreas Paraguayas (LAP).Archivo, ABC Color
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El proyecto para “resucitar” a la extinta LAP tuvo entrada oficial en la sesión del Senado del 24 de junio y fue derivada para su estudio a las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, la de Hacienda y Presupuesto, la de Obras Públicas y Comunicaciones, la de Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado y a la de Industria, Comercio y Turismo.

En su presentación, el senador “Kencho” Rodríguez (FG) hace un historial de la creación en los años 60 del siglo pasado de LAP y su posterior desaparición en los años 90.

LAP dejó de operar en 1994 y, tras funcionar brevemente como LAPSA, fue vendida a TAM que privatizó la empresa.

El legislador opositor sostiene que “es necesario que nuestro país recupere su soberanía aeronáutica y aprovechar la coyuntura especial para resucitar LAP para que en los cielos del mundo puedan volver a surcar aviones con matrícula y bandera 100% nacional”.

Una iniciativa de este tipo ya fue anunciada en agosto del año pasado -a seis meses del inicio de la pandemia del covid-19- por el titular de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), Félix Kanazawa quien, sin embargo, no explicó cómo se haría y lo más importante: ¿Cuál será su fuente de financiamiento?

Rodríguez insta a restablecer nuestra soberanía y recuperar nuestros vuelos, destinos y frecuencias que necesita nuestro país para su desarrollo en materia de transporte aéreo. Señala que el proyecto que presenta es casi idéntico a la Ley de la carta orgánica previa a su privatización de la década del 90 para evitar largas discusiones sobre el formato de la sociedad que se crea.

El proyecto señala que LAP, anteriormente creada por Decreto Ley Nº 337 del 18 de marzo de 1963 y modificada por Ley 119/90, es restablecida de pleno derecho y se regirá por las disposiciones de esta ley, las demás normas legales y reglamentos pertinentes y las resoluciones del Consejo de Administración.

Señala también que LAP es una institución de carácter autárquico, descentralizado de la Administración Pública, de duración ilimitada, con Personería Jurídica y patrimonio propio.

Dispone también que las relaciones de LAP con el Poder Ejecutivo serán mantenidas por conducto del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

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En cuanto a la Dirección y Administración de LAP, estará a cargo de un Consejo de Administración integrado por un presidente, cuatro consejeros titulares y uno de los miembros será integrante de la Fuerza Aérea.

Dispone que el presidente y los consejeros serán necesariamente profesionales de reconocida competencia en las ramas de la aeronáutica, en finanzas, derecho o administración.

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