Comercios podrán seguir empleando bolsas de un solo uso hasta octubre, dice el MIC

Desde hoy rige la ley 5414/15 en el país, que busca disminuir el uso del plástico polietileno, más conocido como hule. Sin embargo, debido a múltiples “contratiempos” y la reacción tardía del Ministerio de Industria y Comercio y el INTN, los comercios podrán seguir otorgando el “hule común” hasta octubre. Anuncian controles y multas, pero desde noviembre.

Los negocios ya se ponen a punto para el cumplimiento de la ley. En tanto que, desde hoy y si tienen disponibles, podrán cobrar desde la primera unidad de la bolsa reutilizable de polietileno al precio que ellos consideren.gentileza
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Con los plazos sobradamente cumplidos, desde hoy rige en Paraguay la normativa N° 5414/15, que apunta a regular el empleo de bolsas de polietileno (hule) de un solo uso. En teoría, los pequeños, medianos y grandes comercios debían reemplazar en el empaque final de mercaderías la bolsa de un solo uso por aquellas elaboradas a partir de materiales biodegradables, o por las reutilizables de polietileno que cuenten con certificación.

Sin embargo, debido a la falta de preparación para la puesta en vigencia de la ley, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) informó que los comercios podrán seguir usando las bolsas de polietileno hasta octubre, postergando nuevamente la implementación total de la ley.

El “cronograma de aplicación” del MIC señala que de julio a octubre habrá un proceso de “ajuste y transición a fin de que todas las empresas productoras de las bolsas reutilizables puedan obtener la certificación necesaria ante el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN)”. Para este trámite y acompañamiento, ambas instituciones tuvieron seis años desde la promulgación de la ley.

La ley busca regular el uso de la bolsa de plástico de polietileno.

“Este periodo de transición estará comprendido desde el 1 de Julio al 31 de octubre de 2021 bajo monitoreo del MIC, en donde todas las industrias productoras de bolsas reutilizables deberán encontrarse en proceso de certificación, pudiendo utilizar todo el stock de bolsas de un solo uso hasta agotarse.

En un comunicado dado a conocer ayer, el MIC “exhorta a los comercios y ciudadanía en general a reemplazar dichas bolsas por otras denominadas reutilizables y/o biodegradables”. La implementación generó dudas y confusión a los comerciantes -especialmente medianos y pequeños- que lamentan la poca difusión del tema y buscan dar con las empresas productoras de bolsas reutilizables certificadas.

El MIC indica que desde el 1 de noviembre todos los negocios deben disponer de las bolsas reutilizables (de material virgen o material de alto contenido reciclado), certificado por el INTN y que se harán desde ese mes controles aleatorios para garantizar el cumplimiento de la Ley N° 5414/2015, contemplándose multas de 10 a 500 jornales mínimos para los negocios infractores.

La mayoría de las cadenas de supermercados ya cuentan con las bolsas de polietileno reutilizables, cuyo precio de venta mínima desde la primera unidad será desde hoy de G. 200. Los consumidores podrán ingresar nuevamente con esta bolsa al establecimiento en su próxima compra, o bien, podrán llevar sus bolsos (sea de tela, rafia, karanda´y u otro material) para el traslado de sus mercaderías.

Los comercios ya deben ir reemplazando las bolsas de plástico por aquellas más gruesas que especifica la ley y que cuenten con este sello. O bien, vender bolsas de tela u otro material reciclable.

En Paraguay ya hay norma y certificación para las bolsas reutilizables de polietileno (que son más gruesas y resistentes), pero no así para las biodegradables. Las autoridades aseguran que “siguen trabajando” para certificar a las empresas que ya se encuentran produciendo este tipo empaque.

¿Qué pasa con los productos a granel y alimentos?

La ley indica que las bolsas de plástico de un solo uso podrán seguir utilizándose solo en aquellas cuestiones de índole sanitaria o de inocuidad (seguridad alimentaria), para envolver/contener alimentos frescos y/o húmedos como carnes y verduras, según lo establece en su artículo 9.

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