Ley “antihule” rige desde mañana entre dudas, confusión y sin previa campaña de concienciación

Mañana, jueves 1 de julio, entra oficialmente en vigencia la Ley N° 5414/15, popularmente conocida como la “Ley antihule”, que obliga a los pequeños, medianos y grandes comercios a reemplazar las bolsas de un solo uso por otras reutilizables o biodegradables. El ente supervisor de la normativa, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), no realizó campaña alguna de promoción y en forma tardía junto con el INTN apura ahora la certificación de empresas productoras de empaques.

Oficialmente, entra a regir la ley "antihule".
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Mientras las cadenas de supermercados, almacenes, góndolas y mercados en general ya vienen invirtiendo -desde hace meses- en la compra de bolsas reutilizables (de polietileno y otros materiales), el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) recién ahora se pone las pilas para apurar junto con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) la certificación de las industrias plásticas que desean producir las bolsas que establece la normativa.

El MIC y el INTN tuvieron cinco años (desde la promulgación de la ley hasta el 2020) para elaborar la norma técnica y certificar a las empresas del sector plástico. En ese lapso, la ley se aplicó en nuestro país en forma gradual (se cobraba a partir de la cuarta bolsa), pero desde febrero del 2020 los comercios ya tendrían que haber reemplazado la bolsa de un solo uso.

En febrero del 2020 ya debía aplicarse en su totalidad la ley 5414/15.

Sin embargo, recién en junio del 2020 y tras un emplazamiento judicial, ambas instituciones se movilizaron para agilizar los trámites. Posteriormente, basándose en la ley de emergencia sanitaria y tras recurrir al Ejecutivo, lograron posponer la entrada en vigencia de la Ley, que finalmente rige desde este jueves 1 de julio.

Lo que dice la normativa

La Ley 5414/15, de promoción de la disminución del uso de plástico polietileno, apunta a regular el empleo de bolsas de polietileno (hule) de un solo uso por bolsas confeccionadas con materiales biodegradables alternativos no contaminantes y reutilizables, siempre que cuenten con certificación del Organismo Nacional de Certificación (ONC) del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN).

Supermercados, autoservicios, góndolas de mercados municipales y privados, almacenes y comercios en general (minoristas y mayoristas) deberán acatar lo establecido, de lo contrario, se exponen a multas de entre 10 y 500 jornales mínimos (G. 840.340 hasta G. 42.170.000). Las sanciones por incumplimiento se aplicarían desde noviembre, según el MIC.

Para entender mejor, desde este jueves, los clientes tendrán varios caminos: por un lado, tendrán la opción de adquirir –del establecimiento– la bolsa de polietileno reutilizable (que es más gruesa), cuyo precio mínimo establecido es de G. 200 (cada comercio podrá establecer su precio); la reciclable o biodegradable, o bien, pueden llevar sus propios bolsos, ya sea de tela, tnt, rafia u otro material para la carga de las mercaderías (empaque final, en caja).

En tanto que el MIC, sostuvo la semana pasada que en esta primera fase de aplicación lo que hará es acompañar -de julio a octubre- a las empresas que buscan certificarse y que desde noviembre sí hará controles de cumplimiento en los comercios.

No obstante, las bolsas de plástico de un solo uso podrán seguir utilizándose solo en aquellas cuestiones de índole sanitaria o de inocuidad (seguridad alimentaria), para envolver/contener alimentos frescos y/o húmedos como carnes y verduras, según lo establece el artículo 9 de la flamante y postergada ley.

Periodo de adaptación

Actualmente y desde hace cuatro años, los comercios pueden cobrar por las bolsas de polietileno de un solo uso, tal como lo establece la Resolución N° 353/2017, a partir de la cuarta bolsa, en la siguiente escala: bolsa pequeña, G. 100; mediana, G. 150; grande, G. 200 y extra grande, G. 250.

En tanto, ya se cuentan con las pautas para producir los costales de polietileno reutilizables, certificados por el ONC bajo la Norma Paraguaya de Bolsas Reutilizables. De hecho, algunos establecimientos ya están ofreciendo este tipo de envoltorio. No obstante, se continúa trabajando en la norma para la producción y certificación de las bolsas biodegradables y compostables.

Algunos puntos

Los comercios que emplean otro tipo de depósito final de mercaderías (como cajas de cartón) lo podrán seguir haciendo, siempre y cuando sean reutilizable o reciclable. Los comercios no pueden negar al cliente el ingreso de un bolso que lleve otro logo. Este tipo de incidentes relacionado al acceso puede ser denunciado ante la Secretaría de Defensa de Consumidor. En cuanto a la fiscalización, el cumplimiento de la ley y ejecución de sanciones estarán a cargo del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).

En la actualidad, más de ocho empresas ya cuentan con certificación para producir y comercializar las bolsas de polietileno reutilizables y otras están en proceso de obtención. Asimismo, algunas firmas ya producen las bolsas biodegradables y están en la espera de la norma y certificación pertinentes, según los datos proporcionados por el Ministerio de Industria y Comercio.

La normativa, cuya entrada en vigencia viene dilatándose, entra a regir en nuestro país con ánimo de dar respuesta a los diversos problemas que ocasiona la mala utilización (bajo la cultura de usar y tirar) de las bolsas desechables de plástico polietileno al medio ambiente y, en consecuencia, a la calidad de vida de las personas.

Con plazos sobradamente cumplidos, entra a regir la ley antihule.

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