La decisión unifica las normas que se encuentran establecidas en varios decretos que datan de 1873, 1888 y de 1910. El pleno tomó como base las modificaciones que fueron planteadas en la comisión de Población y Vivienda.
En cuanto a la habilitación y competencias para realizar servicios de agrimensura para trabajos de mensuras judiciales, administrativas y de deslinde, particiones y loteos, conjunta o separadamente con otras actividades propias de la agrimensura, geodesia y catastro, se establece que serán practicadas exclusivamente por profesionales inscriptos en el Registro de Agrimensores del Ministerio de Obras Públicas.
A pedido del diputado Pastor Soria (ANR, Añetete) se incluyó a los ingenieros agrónomos como parte del proceso de la agrimensura, de la que ya forman parte ingenieros geógrafos y ambientales, ingenieros en ciencias geográficas, licenciados en ciencias geográficas, ingenieros geodésicos ambientales, topógrafos y agrimensores, con un título habilitante expedido por las Universidades de la República o reconocido o revalidado por el Consejo Nacional de Universidades (CONES).
El diputado Sebastián Villarejo (PPQ) mencionó que el proyecto de ley ordena y moderniza las leyes sobre mensuras judiciales para que haya claridad. “Se pone todo en un mismo cuerpo legislativo, porque hay un enorme caos en Registro Públicos y Catastro, además, por las confusiones que genera”, dijo al señalar que se busca evitar litigios sobre ubicación y existencia de terrenos.