A fines de marzo último, el IPS promovió un amparo contra Gas Metal SRL luego de que dicha firma anunciara el cese del suministro de oxígeno al Instituto de Previsión Social, por fenecimiento del contrato 501/2018.
A través de una medida cautelar, se dispuso que la firma suministre gases medicinales tanto al Hospital Central como al interior.
Rodolfo Zarza, abogado de la firma, informó al juzgado que la cantidad a la que la empresa se comprometió ha sido proveida en su totalidad y que a la fecha de presentación del amparo, el contrato estaba vencido. Destacó que desde mayo del 2020 la firma advirtió dicha situación a la presidencia del IPS, notas mediante. Durante la tramitación del amparo, IPS y Gas Metal firmaron un nuevo contrato, por vía de excepción.
El juez destaca que en la página web de IPS dicha contratación aparece como “en trámite”, por lo que hizo lugar al amparo para evitar que la vida y la salud de los asegurados sean peligradas por la burocracia.
“(...) la firma Gas Metal S.R.L. deberá seguir proveyendo a los hospitales y puestos sanitarios de IPS Interior bajo las mismas condiciones de cantidad, precio y plazos de entrega convenidos en el contrato N° 501/2018 y sus respectivas adendas, contra entrega de IPS de la documentación que instrumente tanto la recepción como la deuda asumida con la empresa Gas Metal por los gases medicinales proveídos, todo ello por el plazo de treinta días corridos una vez firme y ejecutoriada que fuere esta sentencia, tiempo que esta Magistratura estima razonable para la conclusión de los trámites del proceso licitatorio entre las partes”, señala la sentencia.