Unca: becarios exigen ser incluidos en “arancel cero”

Becarios de la Universidad Nacional de Caaguazú (UNCA) exigen al Consejo Superior Universitario (CSU) que revea una resolución que los excluye de la ley de “arancel cero”, por lo que deben abonar por las matriculaciones. Según indicaron, las autoridades del ente educativo se niegan a incluirlos en el régimen porque interpretan que sería aprobar un “doble beneficio”, teniendo en cuenta que este sector del estudiantado ya percibe una ayuda económica. No obstante, los estudiantes rechazan dicha consideración, pues aseguran que la normativa de gratuidad no es un aporte monetario y atenta contra la naturaleza de la legislación.

Becarios de la Unca piden ser incluidos en el régimen de "arancel cero".Gentileza
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Universitarios becarios de la UNCA se encuentran reclamando ser incluidos bajo el régimen de la ley de “arancel cero”, que fue promulgada por el Ejecutivo en octubre del 2020 y socializado en enero de este año. De acuerdo a la normativa, se establece la exoneración de pagos de aranceles a los alumnos de las universidades públicas del país y de instituciones subvencionadas.

El reclamo responde a que la Universidad Nacional de Caaguazú no admite a los becarios como beneficiarios de ley que establece la gratuidad, por lo que tendrían que abonar por la matriculación de los semestres. Según explicaron, el Consejo Superior emitió una resolución en el que exponen que no pueden considerar a este sector del estudiantado bajo el régimen ya que sería aprobar “un doble beneficio”.

Entre los argumentos de lo dictado por el CSU de la Unca se puntualizan que los becarios ya perciben un aporte económico por parte de las instituciones benefactoras. Además, indican que el Ministerio de Hacienda aún no remitió los fondos para presupuestar a este sector estudiantil en la ley de “arancel cero”.

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El vocero de los becarios, Robert González, manifestó que rechazan dichos argumentos pues consideran que atenta contra la naturaleza de la ley que es brindar a los universitarios una posibilidad de reducir gastos y “eliminar barreras” que requiere estudiar en una institución terciaria. En cuanto al doble beneficio planteado por el CSU, refirió que consideran que no se aplica, pues el “arancel cero” no es una aporte económico, sino que una simple ayuda.

“La noticia le llegó como balde de agua fría a los becarios. Ellos están en total desacuerdo porque consideran que las becas son un mérito propio; o sea, una persona que quiera ingresar a cualquier facultad tiene barreras: una de ellas son los aranceles y otra son los costos de la vida, como alimentación, comprar libros, movilización y alquileres. La ley de gratuidad tiene como intención liberarle al estudiante de esa primera barrera, dejando así al estudiante la otra barrera, que el estudiante busca dejar con las otras becas que se paga con el propio mérito económico”, sostuvo.

González recalcó que se asesoran jurídicamente y que consultaron a los entes benefactores sobre la supuesta irregularidad del doble beneficio y que la respuesta fue la misma a la interpretación de los estudiantes, que aplicar a la ley de gratuidad no se interpone a las becas o genera un doble beneficio. Igualmente, señaló que “el problema en el desembolso no debería recaer en los estudiantes”, respecto a la supuesta dificultad presupuestaria planteada por las autoridades de la Unca.

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Agregó el vocero que también existen precedentes en otras universidades públicas, en las que resultó beneficiado el estamento estudiantil.

Los becarios anunciaron que estarán insistiendo con, incluso, movilizaciones para que el Consejo Superior Universitario revea la resolución emitida. Señalaron que, en caso de no revertirse la situación, tendrán que abonar más de G. 800.000 por cada semestre solamente en aranceles.

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Ley de “arancel cero”

En enero de este año, la Presidencia de la República socializó el Decreto N° 4734 por medio del cual queda reglamentada la Ley N° 6628/2020 que dispone la exoneración de pagos de aranceles a los alumnos de las universidades públicas del país. La aprobación y aplicación del régimen fue una lucha generalizada por los estudiantes, que insistieron sobre la premisa de la crisis económica en un contexto de pandemia del COVID-19, aunque considerada como parcial porque no admite todos los beneficios solicitados.

La ley «Que establece la gratuidad de los cursos de admisión y de grado en todas las Universidades Públicas del país, en el Instituto Superior de Bellas Artes, Instituto Nacional de Educación Superior, en Institutos de Formación Docente, dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias y en el Instituto Nacional de Salud” fue promulgada por el Poder Ejecutivo el pasado 19 de octubre.

Establece que los estudiantes egresados de la Educación Media de instituciones educativas del sector oficial y de instituciones educativas del sector privado subvencionado están eximidos de abonar todo tipo de aranceles en concepto de matrículas u otros relacionados a los cursos probatorios, de nivelación, preparatorios, de admisión y similares.

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