La Junta Municipal de este distrito se dirigió en una carta del 22 de febrero pasado al intendente Elmer Vogt, precandidato a intendente por el movimiento Concordia Colorada para el nuevo distrito de Boquerón (Neuland), que retire su nombre de algunos de los vehículos de uso institucional.
Señalaron que es “una cuestión que ya se había planteado en forma verbal al ejecutivo municipal, con la promesa del retiro inmediato de todos los vehículos municipales, pero hasta la fecha sin resultados”. Señalan que la Ley 704, que reglamenta el uso y la tenencia de los vehículos públicos, no establece en ninguna parte que los vehículos oficiales de una municipalidad deberán llevar el nombre del intendente municipal.
Reclaman también que el vehículo municipal utilizado por el ejecutivo comunal no lleva ninguna leyenda y/o logo que lo identifique como tal, por lo que también se exige la identificación correspondiente. En la misiva, los concejales adelantan “como autoridades contralores, de no darse cumplimiento a lo establecido en la presente ley, estaremos obligados a realizar las denuncias correspondientes”.
El intendente Elmer Vogt, a su vez, dijo: “Ya encargué de sacar. Tranquiloooo” (sic). Afirmó que las últimas camionetas que se compró vinieron con su nombre sin que él lo pidiera, “pero se va a sacar”.
Lo que dice la ley
Según la Ley 704, los vehículos oficiales deben hacer constar el tipo de vehículo, modelo, número de chasis, motor y chapa, organismo al que pertenecen y número respectivo asignado (Art. 3º). La Dirección de Transporte Terrestre de la Subsecretaría de Transporte del MOPC expedirá a cada vehículo registrado una placa y una tarjeta de identificación, donde se insertarán los datos mínimos establecidos, la repartición a la que se encuentre asignado el vehículo en cuestión (Art. 4º).
Cada vehículo del sector público debe llevar pintado en parte visible dentro de un recuadro no menor de 1.000 cm2 el nombre de la repartición pública o ente descentralizado a que se encuentre asignado, la leyenda “uso oficial exclusivo”, el número de registro y el número asignado por la oficina respectiva, en su caso (Art. 5º).