La cartera fiscal otorgó el subsidio estatal a unas 680.000 personas, pero no dispone de los datos que indiquen cuántos no utilizaron todavía el dinero atendiendo que faltan numerosos días para el vencimiento del plazo establecido.
Las acreditaciones de los fondos se habían realizado a un primer grupo el 23 de diciembre, para las compras de Navidad; y luego a un segundo grupo, entre el 29 y el 30 de diciembre, para las compras de Año Nuevo.
La cartera fiscal, luego de una confusión generada en la primera semana de enero, había aclarado que los beneficiarios tienen 30 días para utilizar el subsidio, a ser contados a partir de la fecha de acreditación de los fondos, porque posteriormente la cuenta será bloqueada y el dinero volverá al Tesoro Público.
La confusión se generó debido a que muchas personas recibieron un mensaje que decía que disponían de 24 horas para usar los fondos y esta situación hizo que se llenaran los supermercados y el sistema de pago colapsara.
“Sr./Sra: tenés acreditado saldo SUBSIDIO PYTYVÕ que vence hoy. TENÉS hasta las 20:00 hs. para comprar alimentos en comercios con POS Bancard” (sic), señalaba el mensaje emitido por error y cuya procedencia sería investigada, según indicaron posteriormente desde Hacienda.
Hacienda también aclaró en ese momento que los beneficiarios del tercer pago destinado a artistas y gestores culturales, disponen de un plazo de 15 días para usar los subsidios.
El fin de semana último varios beneficiarios se comunicaron con ABC para señalar que, a pesar de tener acreditado el subsidio de G. 500.000 no pudieron utilizar porque aparentemente existía un problema de conexión con una de las entidades de medios de pago electrónicos (Empe).
Inscripción de oficio
Los beneficiarios del subsidio fueron inscriptos de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), por lo que aquellos que decidan no usar el dinero en 30 días serán excluidos automáticamente de la nómina.
En el caso de las personas que sí usaron el subsidio (parte de los G. 500.000 o la totalidad), deberán permanecer por 24 meses en el RUC y si no generar ningún ingreso dentro de ese lapso, serán excluidas. Sin embargo, aquellos beneficiarios que en ese tiempo realicen actividades económicas y perciban ingresos, deberán activar su RUC y solicitar autorización para la impresión de boletas para formalizar sus operaciones y tributar bajo el Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas (Resimple), del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).