Definitivamente, la adquisición de vacunas contra el coronavirus llevará su tiempo, atendiendo que la sesión extraordinaria de la Cámara Alta que fue convocada para tratar ley de vacunas anticoronavirus quedó en cuarto intermedio, luego de la aprobación en general de la ley “que declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de vacunas contra el COVID-19″, originaria en el Senado.
Tras un extenso debate, dos mociones de postergación y una propuesta de pasar a cuarto intermedio, fue el planteamiento de la senadora Desirée Masi de aprobar en general la normativa y dejar para el lunes el tratamiento en particular de los articulados lo que finalmente contó con el visto bueno de la mayoría de los senadores.
El debate sobre el tema giró principalmente en torno a los aspectos que en la normativa no son contemplados como el tiempo de inmunidad que dará la vacuna, los detalles sobres las cláusulas de confidencialidad y todo lo referido a la exención de responsabilidad por efectos adversos que esta pudiera ocasionar.
La bancada de Patria Querida así como el Frente Guasu fueron los principales proponentes de la postergación del tratamiento del tema, ante la necesidad de interiorizarse y estudiar a fondo cada punto de la ley.
También el senador Víctor Ríos (PLRA) se opuso a la aprobación y en señal de disidencia pidió permiso y se retiró de la sesión.
Antonio Barrios y Blanca Ovelar, ambos de la ANR, se pronunciaron en favor de la aprobación. La senadora Ovelar incluso esbozó unas lágrimas al defender el proyecto alegando que es de extrema necesidad acelerar los procesos de compra de las dosis.
La nueva ley “que declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de vacunas contra el COVID-19″ fue presentada y defendida ayer por el ministro Julio Mazzoleni ante la Comisión Permanente del Congreso. Con esta normativa se busca realizar compras directas para traer las dosis antes de lo previsto por el Mecanismo Covax.
El proyecto de ley plantea suscribir contratos con los laboratorios que cuenten con las vacunas, en carácter de emergencia y con varias cláusulas, “que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligentes”.
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