En el referido decreto se fijan los valores fiscales inmobiliarios establecidos por el Servicio Nacional de Catastro (SNC) del Ministerio de Hacienda, que servirán como base imponible para la determinación del impuesto inmobiliario y sus adicionales para el ejercicio 2021.
En el considerando de la normativa, el Ejecutivo señala que ante la crisis actual por la pandemia del covid-19 y que afecta negativamente a la economía del país y del mundo, se posterga por un año más la actualización (de cada cinco años) de valores fiscales por el índice de variación del mercado inmobiliario, conforme a la Ley Nº 5513/2015, y que a partir del año 2022 serán actualizados los valores fiscales de acuerdo con el índice de variación de precios inmobiliarios que ya considere el impacto de la crisis.
Además, indica que ante tal situación se ajustarán los valores fiscales para el año 2021 solo por la tasa del Índice de Precios al Consumidor (IPC) emitida por el Banco Central del Paraguay, cuya variación en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de 2020 alcanza 1,7%.
En ese sentido, se aprueban los valores fiscales, expresados en guaraníes por metro cuadrado, de los inmuebles urbanos ubicados en la capital de la República y en los municipios del interior del país, determinado por el SNC.