Este lunes, por requerimiento de las fiscales Nathalia Silva y Sara Torres- tanto los peritos del Ministerio Público como los médicos de la querella presentaron una aclaratoria a los informes de la Junta Médica presentados en el caso de Renato Rojas Talavera, el niño que falleció el año pasado en el Sanatorio Migone y que llegó a instancias judiciales ya que sus familiares alegan que fue por negligencia médica.
La Fiscalía solicitó a ambas partes que respondan de forma clara y precisa a la pregunta que establecía “determinar si se observa retardo en la atención de parte de la médica tratante al momento en que se solicita auxilio por parte de la madre y se produce el desmejoramiento de las condiciones de salud del menor”.
También pidieron “determinar si se observa retardo en la atención de parte de la enfermera encargada al momento en que se solicita auxilio por parte de la madre y se produce el desmejoramiento en las condiciones de salud del menor”, así como “determinar si se observa retardo en la atención de parte de los médicos de guardia al momento en que se solicita auxilio por parte de la madre y se produce el desmejoramiento de las condiciones de salud del menor”.
En respuesta a esta solicitud, los médicos de la querella Aníbal Filártiga y José Bellassai expresaron que conforme a las pericias realizadas sí hubo retardo en la atención al niño. Asimismo, explicaron que “retardo en la atención no implica solamente presencia física, sino una respuesta adecuada y eficaz a la urgencia planteada”.
Igualmente, explicaron que hubo un tiempo crítico -de segundos- en que no se han realizado procedimiento que pudieron salvar la vida del nene y además, aclaran que estando el menor en una sala de urgencias “no es responsabilidad de la madre la detención de situaciones adversas del paciente, ya que en general, existen síntomas previos que no son detectados por personas no capacitadas para el efecto”.
Por su parte, los médicos del Ministerio Público explican que los profesionales del Sanatorio Migone respondieron conforme al protocolo RAC (recepción, acogida y clasificación) que estipula el tiempo mínimo considerado adecuado para la atención de un paciente. “Había pasado 69 segundos de la primera llamada y 29 segundos de la segunda llamada cuando acude la médica de guardia, fue una situación dinámica de la alteración del cuadro clínico del paciente y que motivó una reacción inmediata del personal de blanco para situaciones similares, vividas corrientemente en un servicio de urgencias”, apuntaron.
En otro punto, mencionan que si bien en un servicio de urgencias hay médicos especializados en niños y adultos, no les corresponde a los segundos realizar ningún tipo de atención y/o reanimación al paciente menor teniendo la presencia de los médicos pedíatras clínicos y terapistas pediatras, siendo estos los indicados, desde el punto de vista médico, científico y legal.
Los doctores Nancy Garay Echeverría, Lissa Samudio, Óscar Doldán Pérez, Gustavo Riego, Oscar Franco Brusquetti, Rodrigo Quevedo Lacarrubba, Norma Astigarraga, Erwin Escobar y la licenciada Elva Coronel de Giménez, son miembros de la Dirección de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público que emitieron dicho dictamen.
El abogado Juan Martín Barba -representante legal de la familia de Renato -expresó que esperan que a partir de los informes de la Junta Médica y las aclaratorias, la Fiscalía impute a los doctores Laura Andrea Sena Figueredo, Enrique Gahete Poletti e Ingrid Rodríguez, también involucrados en el deceso del menor, según alega.
La doctora Sena Figueredo aún no contaba con su título de habilitación cuando fue nombrada como responsable de urgencias pediátricas en el Migone, el doctor Enrique Gahete Poletti -siendo el jefe médico del sanatorio- tomó la decisión de contratar a Sena estando en pleno conocimiento de que esta aún no contaba con el título en la especialidad y la doctora Ingrid Rodríguez realizó la autopsia del cuerpo del menor sin dar aviso al Ministerio Público, cuando por procedimiento se establece que ante muertes dudosas se debe dar notificación a las autoridades, expresa la querella sobre el pedido de imputación contra dichos médicos.
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El pequeño Renato Rojas Talavera murió el 20 de agosto de 2019 en el Sanatorio Migone. Sus padres sostienen que fue debido a una negligencia médica mientras que los abogado del sanatorio afirman que se cumplieron con todos los protocolos para asistir al niño y que que no hubo falta de medicamentos en urgencias y que había una pediatra de guardia al momento de su muerte.
El Ministerio Público ya imputó a los médicos María de Fátima Bastos A., José Manuel Ovando y Óscar Feliciano Cabrera R. por el hecho punible de omisión de auxilio en el marco de las investigaciones sobre la muerte del nene.
Requieren más aclaratorias
Este lunes, la Fiscalía volvió a pedir una aclaratoria, esta vez solo a los médicos que conformaron la junta médica por parte de la familia del niño fallecido.
En el requerimiento las fiscales piden a los doctores Bellassai y Filártiga “determinar si se realizaron las acciones necesarias para evitar el parao a fin de intentar frenar o impedir que ocurra, y quienes eran los responsables de realizar tale acciones ante el pedio de auxilio de la madre”.
También piden "determinar si existió negligencia, impericia, imprudencia u omisión de los deberes del cuidado y del cargo por parte de la médica pedíatra, Laura Sena, que causara la muerte del menor Renato Rojas.
Sobre ello, solicitan que describan las acciones u omisiones que pusieron en riesgo la vida o la integridad física del menor.