El repudio ciudadano en las redes sociales sobre la decisión del Tribunal de mantener en prisión a un hombre que supuestamente intentó robar unos pomelos de una propiedad privada, motivó que uno de los jueces emitiera una aclaración para desmarcarse de la situación.
Cristóbal Sánchez, miembro del citado tribunal, explicó en una nota dirigida a la opinión pública que “rechaza firmemente tales afirmaciones porque no se ajustan a lo expuesto en el acto de imputación y en la resolución del juez de primera instancia”, quien decidió en principio la prisión del hombre.
Conforme al documento, el camarista afirma que ni en el acta de imputación ni en la resolución confirmada se habla de que el proceso abierto sea por el robo de frutas. “La citada persona no está procesada, ni presa, por intento de sustraer pomelos”, aseveró.
En otro punto indica que la persona está procesada por intento de hurto agravado, que se vio frustrado porque fue sorprendido por el propietario de la vivienda. Además, apuntó que dicho hombre cuenta con frondosos antecedentes por hechos similares, y de otros tipos penales.
Además, hace la salvedad de que no le dieron el beneficio del arresto domiciliario u otras medidas alternativas a la prisión porque existe peligro de fuga. Los abogados defensores presentaron un certificado de residencia y otro de trabajo que no fueron considerados virtuosos a criterio del tribunal.
Similares declaraciones pronunció este miércoles, la fiscala a cargo de la causa, Karina Cerón, en comunicación con ABC. La agente del Ministerio Público justificó su decisión de solicitar que el acusado sea enviado a Tacumbú. Señaló que la persona detenida ha ingresado en repetidas ocasiones a la residencia, siendo su tercer ingreso a la casa, lo que derivó en su detención. Además, tiene antecedentes por varios otros hechos delictivos, contó.
La fiscala argumentó que se aplica la figura de “hurto agravado” desde el momento en que una persona ingresa de forma ilegal a un domicilio particular, sin importar exactamente qué es lo que el ingresante pretenda sustraer.
Por otra parte, el abogado penalista Ricardo Preda consideró que no corresponde que una persona investigada por hurtar pomelos guarde prisión preventiva mientras dure el proceso judicial. Recordó que la pena mínima que establece la ley penal para estos casos es de cinco días-multa, que puede ser reemplazado por jornadas de servicio social.
Conforme al acta de imputación, en la descripción de hechos la fiscal dice que “según varios vecinos sería el mismo que en varias ocasiones ingresó a la misma vivienda a hurtar objetos de valor”.
En las redes sociales, la ciudadanía expresó su parecer y repudió la decisión del Tribunal. El principal cuestionamiento radica en que el hombre acusado de hurto no cuenta con los recursos suficientes para hacer frente a un proceso penal. Además, se critica que la pena aplicada para este delito sea notoriamente severa e implacable mientras que otros “delincuentes” son favorecidos con sanciones leves.