Aplican primera pena máxima por maltrato animal en Paraguay

La Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal informó sobre la primera condena a la pena máxima carcelaria de un hombre oriundo de Ñeembucú por haber matado a un perro y herido a otro a machetazos.

Perro maltratado siendo asistido (Imagen referencial).EFE
audima

Julio Alberto Rivas Pérez (50) fue condenado este jueves a la pena máxima privativa de libertad prevista por la Ley 5892/17 “De protección y bienestar animal”, con un total de dos años, durante la audiencia preliminar en procedimiento abreviado y suspensión a prueba de la ejecución de la condena y la prohibición de tener mascotas por el término de 2 años, informó Juan Manuel Enciso, titular de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, que funciona desde el 10 de julio del año pasado.

Según los antecedentes, Rivas, oriundo de Isla Umbú, departamento de Ñeembucú, machete en mano mató a un perro y ocasionó graves heridas a un segundo perro de un vecino suyo, quien fue el que hizo la denuncia ante la subcomisaría de la zona. A raíz de esto, el fiscal Víctor Encina Franco imputó al ahora condenado el 22 de julio de 2019, y acusado en noviembre de ese mismo año.

“Gracias al Ministerio Público y al agente fiscal Abg. Víctor José Encina, de la localidad de Ñeembucú, por la incansable labor para hacer justicia”, expresó Enciso en redes sociales.

Cómo denunciar

Cabe recordar que la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal cuenta con un portal web en que las personas que son testigos de cualquier tipo de maltrato a los animales pueden realizar denuncias, ingresando a http://bienestaranimal.gov.py/, donde se encontrará una sección denominada “Denunciá”. Al clickear ahí, se despliegan campos para completar con datos necesarios para realizar las denuncias: nombres, apellidos, número de cédula, presunto sindicado, descripción breve de los hechos.

Además de gatos y perros, se reciben denuncias acerca de animales exóticos y silvestres en cautiverio o expuestos en las calles para su venta.

Las sanciones tipificadas para la ley son maltrato leve y grave. Son pasibles de sumarios administrativos, cuyas multas ascienden de 1 a 1.000 jornales. Los hechos considerados muy graves están tipificados como delitos, con una expectativa de sanción de hasta dos años de cárcel o multa, además de una sanción administrativa, que va hasta 1.500 jornales.

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