Cobertura del IPS a empleados suspendidos o cesados se mantendrá mientras dure la contingencia

El gerente de prestaciones económicas del Instituto de Previsión Social (IPS), Pedro Halley, aclaró que la cobertura a los asegurados que fueron cesados o suspendidos de sus empleos a causa de la pandemia se mantendrá mientras dure la contingencia. Mencionó que aquellos que fueron despedidos no podrán acceder al subsidio.

IPS dará cobertura médica a los asegurados suspendidos o cesados por coronavirus mientras dure la contingencia.Archivo, ABC Color
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Los trabajadores cesados o suspendidos de sus actividades a raíz de la cuarentena tendrán cobertura del IPS mientras dure la contingencia por la pandemia del COVID-19 según indicó Halley en comunicación con ABC Color. Originalmente, esta cobertura es de dos meses, pero en el marco de la ley de emergencia se extiende, conforme acotó.

En ese orden de ideas, mencionó que se va a presentar un proyecto de modificación de la Carta Orgánica de la institución para extender este beneficio de 60 días a 120.

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En otro punto, manifestó que desde este miércoles se registró la acreditación de dinero en el Banco Nacional de Fomento, para que desde mañana los trabajadores que fueron notificados puedan cobrar sus compensaciones. En una primera tanda, el subsidio será entregado a unos 18.000 afectados. Mañana se inicia el pago de estas compensaciones; se podrá ir viendo en la página de IPS y se le avisará a cada patrón", expresó.

Igualmente, señaló que el Ministerio del Trabajo sigue en proceso de verificación de los pedidos de suspensión y los requerimientos necesarios para que los empleados cesados reciban la compensación.

En un punto resaltante de sus declaraciones, Halley aclaró que el subsidio es de hasta G. 1.096.000 y que los montos se calcularán sobre el cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo legal, que será pagado por el periodo de suspensión de las actividades laborales.

Resaltó que esta compensación se aplica a aquellos trabajadores que fueron afectados por el cese total de actividades de la empresa o la solicitud de la suspensión temporal. Aquellos que fueron despedidos de una empresa que sigue operando no se enmarcan dentro de este grupo. “Por el momento, el despedido no recibirá subsidio, según lo establecido en la ley”, subrayó.

Tras varios días de espera y de anuncios realizados, la Presidencia lanzó el decreto mediante el cual se reglamenta la Ley de Emergencia Sanitaria y, específicamente, el pago de subsidios que debe realizar el Instituto de Previsión Social (IPS) a los trabajadores formales afectados por la cuarentena.

El Ministerio del Trabajo ya envió a la previsional más de 40.000 solicitudes de subsidio realizadas por empresas afectadas por la cuarentena. Las empresas deben haber comunicado la suspensión de los contratos al Ministerio del Trabajo y al IPS. La compensación económica será otorgada a trabajadores con hasta dos salarios mínimos legales para actividades diversas no especificadas.

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