Más de 30 empresas piden suspender contratos laborales y esto afectaría a unos 1.000 trabajadores

Más de 30 empresas pidieron la suspensión de sus actividades por hasta 90 días y en la mayoría de los casos también la suspensión de los contratos con sus empleados sin goce de salarios, según datos del Ministerio de Trabajo. La medida solicitada aún no se resolvió y afectaría a más de 1.000 trabajadores.

Casi nula presencia de gente en el Mercado 4, uno de los principales centros comerciales de Asunción.Archivo, ABC Color
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“Tenemos afectados con estos 32 pedidos de suspensión a 1.132 trabajadores a hoy. Por día se están presentando dos a tres pedidos de suspensión de algunas empresas que argumentan el cierre de su local y la suspensión de contratos por 15, 30, 70 días, (e) inclusive hay empresas que están solicitando por 90 días”, informó a ABC TV el viceministro de Trabajo, Luis Orué.

Se trata de casos en que comercios o empresas cierran sus locales o dejan de operar en esta cuarentena para evitar la propagación del COVID-19. Hasta el momento no se respondieron los pedidos, ya que el paso previo es que el Ministerio de Trabajo apruebe la suspensión de actividades.

“Cinco a seis empresas ya están pidiendo la suspensión, pero con goce de salario. Es decir, el trabajador no se va a ver afectado el día de mañana. La empresa suspende las actividades, pero le van a pagar a sus trabajadores a fin de mes”, aclaró el viceministro.

Indicó que entre las que hicieron los pedidos hay maquiladoras, industrias, empresas del sector del comercio, bares, restaurantes, etc. "Están de todos los rubros”, remarcó Orué.

También aclaró que el Ministerio del Trabajo no se opone a autorizar una suspensión de contratos sin goce de salarios, pero plantea a la patronal otras salidas. “Lo que ella (la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo) dijo es que no vamos a otorgar suspensiones sin goce de salario que no reúnen los requisitos establecidos en la ley”, explicó su viceministro.

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“Lanzamos cinco alternativas que están previstas dentro del Código Laboral para que, si se suspenden las actividades, se pueda utilizar como medio alterno para que el trabajo no se vea afectado: (...) El pago remunerado de las vacaciones, la implementación del trabajo a distancia (...) el otorgamiento de un pago del aguinaldo o el adelantamiento del pago proporcional (...) El trabajador puede compensar el dinero que hoy recibe como salario durante los meses que viene o durante el año por medio de trabajo a su patrón y el anticipo del salario”, detalló el funcionario público.

Según datos estadísticos del Ministerio del Trabajo, existen alrededor de 250.000 empresas en el Paraguay que dan trabajo a alrededor de 800.000 personas.

“El artículo 71 (del Código del Trabajo) permite al empleador solicitar la suspensión de contratos sin goce de salarios siempre y cuando se cumplan los requisitos. Ahora, el incumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa laboral conlleva a que el empleador deba posteriormente, si la resolución del Ministerio de Trabajo le sale en contra, pagar todos los salarios caídos no devengados”, puntualizó.

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