“Realmente se armó una polémica por este tema, porque hubo mucha confusión. Ayer (martes) estuve con algunos senadores que en su mayoría no sabían ni siquiera qué se rechazó (ley de tenencia de perros peligrosos). O sea, se tomó como un tema así nomás, sin embargo, están de acuerdo. Si nosotros nos ratificamos, no habría problemas en que esta ley se promulgue a corto plazo”, alegó el diputado cartista Yamil Esgaib, proyectista de la iniciativa.
Sin ninguna otra argumentación ni orador, el proyecto fue sometido a consideración del pleno, habiéndose ratificado por 42 votos, un voto más de la mayoría absoluta requerida por la Constitución.
Ningún otro legislador intervino en este punto, que se aprobó en apenas 3 minutos, incluyendo ya el discurso del proyectista y la votación.
La iniciativa se había planteado ante casos mediáticos de ataques de perros y generó muchas discusión en su momento, puesto que plantea la obligatoriedad de registrar a perros considerados “potencialmente peligrosos”, entre las que se citan 23 razas.
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Además, se considera PPP a los que tengan “más de 20 kg de peso, perfil torácico de entre 60 y 80 cm, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda, resistencia física, carácter fuerte y marcado, y todos los perros sin inhibición de mordida”.
Razas consideradas “potencialmente peligrosas” en el proyecto de ley
- Pit Bull,
- Pit Bull Americano,
- Staffordshire Bull Terrier,
- American Staffordshire Terrier,
- Rottweiler,
- Dogo,
- Dogo Argentino,
- Dogo de Burdeos,
- Fila,
- Fila Brasileiro,
- Tosa Inu,
- Akita Inu,
- Doberman,
- Mastín Napolitano,
- Perro de Presa Canario,
- Perro de Presa Mallorquín,
- Bullmastiff,
- Mastiffo Mastín Napolitano,
- Pastor Alemán,
- Husky Siberiano,
- Chow chow,
- Bull Terrier,
- Cimarrón Uruguayano.