Expolicía abusador debe ir a prisión, tras rechazo de recurso de casación

La Corte Suprema de Justicia no dio lugar al recurso extraordinario de casación planteado por la defensa del exagente de Interpol, quien en el 2019 fue condenado a 10 años de cárcel por abusar sexualmente de su hijastra, en Ciudad del Este. De esta manera, la sentencia queda firme y el condenado debe ir a prisión.

Esta causa llevó a familiares y activistas por los derechos de los niños a realizar varias manifestaciones en la capital del país.Archivo, ABC Color
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Los abogados Mario Ramón Palacios y Santa Natividad González Marecos, en representación del procesado, habían recurrido el acuerdo y sentencia del 4 de mayo de 2020, dictado por el Tribunal de Apelaciones de la segunda Sala, que decidió confirmar el fallo dictado por el Tribunal de Sentencia, que impuso una condena de 10 años de pena privativa de libertad al exoficial de la Policía Nacional tras hallarlo culpable de abusar sexualmente de su hijastra desde los 9 años.

Confirman condena de 10 años a expolicía por abuso sexual

El exuniformado había sido condenado a 10 años de prisión el 12 de agosto de 2019, cuando la causa estaba a punto de prescribir y luego de reiteradas manifestaciones de familiares y activistas por los derechos de niños. Sin embargo, días después, el hombre fue beneficiado con una irregular revocatoria de la prisión preventiva otorgada por los camaristas Isidro González, Aniceto Amarilla y Mirian Meza.

Indignación por resolución de Cámara

La decisión de los camaristas llevó a la querella adhesiva –representada por los abogados Nilda Benítez Peña y Ariel Acosta– a realizar una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). En el año 2020, los magistrados Isidro González y Aniceto Amarilla fueron destituidos y Mirian Meza de López fue amonestada.

Por su parte, la defensa del imputado interpuso un recurso extraordinario de casación ante la máxima instancia judicial que finalmente fue rechazado por los ministros de la Corte, María Carolina Llanes, Luis Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia. Con esto, el procesado debe ir a prisión.

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