El Tribunal de Sentencia estuvo presidido por el juez Herminio Montiel e integrado por los magistrados Zunilda Martínez y Marino Méndez. El presidente del tribunal consideró que existió coito y que el hecho ocurrió en el 2017 por lo que la pena debe ser de 15 años. Sin embargo, los otros dos miembros votaron en disidencia, al sostener que no hubo penetración y aplicaron los 5 años de pena privativa de libertad, como se dispone en la ley anterior. Florentín Domínguez ya había sido condenado por abusar de una persona en estado indefensión.
Por su parte, la fiscala Ocampos Marín también sostuvo que la víctima afirmó que el hecho ocurrió en el 2017 y que efectivamente existió el coito por lo que pidió la pena de 15 años de cárcel. El tribunal no consideró la declaración de la víctima de solo de 12 años, quien confirmó que existió el coito y que fue abusada de forma sistemática durante un año.
La representante del Ministerio Público adelantó que recurrirá a la apelación de la sentencia, una vez que sea notificada de la resolución en su forma íntegra.