La muerte del niño soldado fue acaecida el 11 de enero de 1996, durante el Servicio Militar Obligatorio (SMO).
La ratificación de la postura del Estado se dio en la audiencia pública realizada por la Corte IDH a fines de agosto pasado en Barranquilla, Colombia, en que tanto demandantes como defensores presentaron sus versiones.
El caso de Ariel Noguera estaba en etapa de cumplimiento de una solución amistosa entre el Estado y María Noguera, la madre del fallecido, pero la misma recurrió a la Corte IDH para reclamar la falta de esclarecimiento de las circunstancias de la muerte de su hijo, ocurrida en 1996, y su disconformidad con la indemnización económica, según datos de Cancillería.
En la audiencia pública en Barranquilla, del caso “Vicente Ariel Noguera y otros vs. Paraguay” la Corte IDH escuchó a los representantes del Estado paraguayo sobre la responsabilidad internacional en el caso. Señalaron que “ya tuvo el reconocimiento público de responsabilidad por parte del Estado paraguayo”.
En la audiencia, de acuerdo los datos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó la atención al Estado por la falta de investigación en el caso. Señalaron la violación de la Convención Americana sobre los Derechos del Niño y de las Naciones Unidas. La delegación nacional estuvo integrada por representantes de la Procuraduría General de la República, de la Cancillería, del Ministerio Público y de la Embajada en Colombia.