Así también buscan inhabilitar del padrón, de las candidaturas y de cualquier cargo a la función pública por 10 años a los que manipulen los expedientes electorales.
Se trata del proyecto de Ley “Que modifica los artículos 222, 230, 233, 234 y 323 de la Ley Nº 834/96.
El texto fue presentado por los senadores Pedro Santa Cruz y Desirée Masi el 18 de diciembre último con el número de expediente S-199257.
El proyecto señala que se dispondrá el resguardo de los boletines de votación bajo custodia por el término de seis meses de terminada la elección; cumplido dicho plazo, dispondrá su destrucción o reciclaje.
En las penas sobre fraude electoral, el artículo 323 mantiene que se sufrirá la pena de uno a tres años de penitenciaría más una multa equivalente a doscientos jornales.
Sin embargo, agrega la inhabilitación especial para ser elector, elegible o funcionario público de hasta 10 años los que destruyeren u ocultasen los documentos que integran el expediente electoral.
Este proyecto vendría a complementar la ley de desbloqueo de lista sabana y el uso de máquinas de votación que establece el resguardo de las papeletas, pero no fija el plazo.