La norma establece que exista un Registro de Empresas de Contratación Digital de Transporte Alternativo de Personas (Recdtap) donde deberán estar plenamente identificadas las empresas, con la lista de conductores que se encargan de prestar el servicio, quienes solo podrán inscribir un vehículo.
La iniciativa legislativa sostiene que los choferes de MUV y Uber deben contar con registro de conducir de categoría profesional y no tener antecedentes penales ni policiales. Además, exige que posean seguros de responsabilidad civil contra daños ocasionados a terceros y pasajeros.
La norma propone, además, crear el Registro de Empresas de Contratación Digital de Transporte Alternativo de Personas (Recdtap), que estará a cargo del Viceministerio de Transporte a través de la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran); en el cual se consignarán los siguientes datos: antecedentes sobre su constitución, razón social y domicilio legal de la empresa en el territorio nacional, individualización de los representantes legales y directivos responsables, identificación de los conductores y vehículos adscriptos. Los demás datos serán necesarios para la autorización y fiscalización de la prestación del servicio, que será regulado una vez aplicada la ley.