Tras un año de la vigencia de la Ley N.º 7235/2023, “Que reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución Nacional”, el presidente Santiago Peña firmó ayer el decreto 3098/2024 por el cual nombra a los primeros integrantes del Consejo de Seguridad Social, que sigue sin conformarse en su totalidad ya que faltan representantes de otros sectores, tampoco pueden designar al superintendente.
De acuerdo con el decreto firmado por el Poder Ejecutivo, se nombró miembro titular y alterno del Consejo de Seguridad Social, en representación del sector empleador y por el plazo de cinco (5) años, a las siguientes personas:
Como miembro titular, se nombró al señor Enrique Vidal Lovera y como miembro alterno al señor Luis Fleitas Bogarín. El documento establece que la Dirección General de Abogacía del Tesoro del Ministerio de Economía y Finanzas se ha expedido de manera favorable para el dictado del presente nombramiento.
El citado decreto establece en el artículo 2° que el cómputo del plazo establecido en el artículo 1°, recién comenzará a partir de la entrada en vigor del acto administrativo que designe al último miembro titular y alterno del Consejo de Seguridad Social que no provenga del sector público.
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Conformación del consejo
El consejo deberá conformarse con representantes del sector oficial: el presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Carvallo; el ministro de Economía, Carlos Fernández Valdovinos; la ministra del Trabajo, Mónica Recalde.
Además, por un representante de los empleadores que fue confirmado con el presente decreto. Completarán el consejo con un representante de los jubilados y uno de los trabajadores, que aún no se ponen de acuerdo en como harán el proceso de elección.
Antecedentes de la Superintendencia de Pensiones
El gobierno de Santiago Peña impulsó el proyecto de ley con el argumento de establecer reglas para velar por el futuro de las jubilaciones de los trabajadores, teniendo en cuenta la situación deficitaria de las cajas y las denuncias de corrupción en el manejo de los fondos previsionales.
La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley el 12 de diciembre, el 13 de diciembre fue sancionado por Diputados y al día siguiente, el 14 de diciembre, el presidente Peña promulgó la ley a pesar del rechazo de los sindicatos de trabajadores y de los gremios de jubilados.
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A un año de iniciarse este proceso, todo sigue igual en cuanto a la falta de control, pero peor en lo que respecta a las deficitarias cajas de jubilaciones, como por ejemplo en el caso de la Caja Fiscal y de la Caja Municipal
A su vez, la ley establece que la Superintendencia de Jubilaciones tiene plazo máximo de 24 meses de la publicación de la norma, para diseñar e implementar su estructura orgánica funcional, por lo que no tiene estructura y tampoco presupuesto este año ni para el próximo año.