Desde hoy rige el nuevo salario mínimo

El decreto del presidente Santiago Peña elevó el salario mínimo en un 4,4% y estableció un nuevo salario mínimo, así como un nuevo jornal mínimo. ¿Cómo se componen estos pagos y cuánto debo cobrar de acuerdo al régimen según el cual trabajo?

Billetes de G. 100.000.Arcenio Acuña Rojas
audima

El decreto del Presidente de la República oficializó el aumento del salario mínimo a G. 2.798.309 y el jornal mínimo a G. 107.627. Estos montos comenzarán a regir a partir de hoy, 1 de julio, y afectan a las denominadas actividades expresamente previstas, escalafonadas y las diversas no especificadas.

Esto significa un incremento del 4,4%, según el parámetro recomendado por el Consejo Nacional de Salario Mínimo (Conasam).

Pero, ¿cómo saber cuánto tengo que cobrar de acuerdo al régimen de pagos establecido para mí? ¿Cómo calcular si soy un trabajador contratado por hora, por día o a destajo? Te contamos todo lo que tenés que saber en esta nota.

La ministra del Trabajo, Mónica Recalde, en los estudios de ABC Cardinal.

¿Cuánto será el sueldo mínimo en Paraguay?

El decreto del Poder Ejecutivo estableció que el nuevo salario mínimo pasará de G. 2.680.000 a la suma de G. 2.798.309, lo que implica un incremento de G. 118.309.

Esta suba se da como recomendación del Consejo Nacional de Salario Mínimo (Conasam) teniendo como base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año.

Según determinó este cálculo, la variación fue de un 4,4%, lo que determinó el monto del aumento.

Régimen salarial desde julio de 2024.

¿Desde cuándo se cobra el nuevo salario mínimo?

El decreto del Poder Ejecutivo emitido ayer establece que este incremento regirá a partir del 1 de julio de 2024. Esto significa que quienes cobren de forma mensual, tendrán el aumento cuando perciban su salario de ese mes. Sin embargo, para los jornaleros ya cobrarán el nuevo jornal desde el primer día.

El documento determina que la decisión afectará a las actividades expresamente previstas, escalafonadas y las diversas no especificadas.

Al mismo tiempo, el decreto autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a reglamentar los salarios mínimos para actividades diversas especificadas y a publicar el reajuste salarial dispuesto, de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos y las disposiciones legalmente aplicables.

ConceptoMonto

Salario mínimo mensual

G. 2.798.309

Salario por día

G. 93.277

Jornal por día

G. 107.627

Salario por hora

G. 11.660

Jornal por hora

G. 13.453

Asignación familiar por hijo

G. 139.915

Salario nocturno (42 horas semanales)

G. 3.637.802

Salario nocturno por día

G. 121.260

Salario nocturno por hora

G. 17.323

Guardia Seguridad (diurno)

G. 4.197.509

¿Cómo se calcula el salario por día en Paraguay?

El mismo decreto establece que, con base en el salario mínimo legal, se establece un jornal mínimo legal que a partir de la misma fecha asciende a G. 107.627. Este pago se aplica a quienes cobren en calidad de jornalero y el monto está determinado por la operación matemática de la división del salario mínimo por los 26 días laborables, exceptuando los domingos.

Sin embargo, pero para los mensualeros se divide el salario en 30 días, lo que significa un salario por día de G. 93.277

Basándose en el mismo cálculo, se establece que el jornal mínimo por hora quedaría en G. 13.453, dividiendo el jornal mínimo en las 8 horas legalmente establecidas, mientras que el salario por hora es de G. 11.660

Este aumento a su vez establece nuevos montos para el salario nocturno por día, que asciende a G. 121. 260 y por hora a G. 17.323. El salario nocturno (42 horas semanales) asciende ahora a G. 3.637.802. También afecta a la asignación familiar por hijo, que ahora ascenderá a G. 139.915.

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