Mediante la resolución 5 del 4 de abril, el directorio del Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el nuevo reglamento para las cuentas básicas de ahorro, un mecanismo que permitió crear cuentas con condiciones mínimas incluso de manera remota (desde el celular) y con solo presentar la cédula de identidad.
Desde su creación en el 2013 hasta la fecha se han creado casi 2 millones de cuentas básicas de ahorro, pero no todas están activas, hay más de 500.000 cuentas con saldo cero. Lo que se busca justamente es generar incentivo para que esas cuentas inactivas vuelvan a operar y puedan bancarizarse accediendo servicios adicionales como préstamos pre-aprobados, tarjetas de crédito u otros servicios que la entidad bancaria considere apropiado para el cliente, detalló Luis Molinas, intendente de Inclusión Financiera y Finanzas Sostenibles de la Superintendencia de Bancos
El renovado reglamento de las cuentas básicas detalla justamente estas facilidades a las cuales pueden acceder los clientes que ya tienen habilitada una cuenta básica. La idea que el cliente pueda tener otras experiencias como acceder a un préstamo pre-aprobado, tarjetas de crédito según su perfil, entre otros servicios financieros. En esto deberán trabajar las intermediarias para ofrecer estos productos acordes al perfil de estos clientes, detalló Molinas.
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Facilidades de las cuentas básicas
El no poder contar con el dinero suficiente para abrir una caja de ahorro fue por mucho tiempo un motivo por el cual las personas no se acercan a una institución financiera a abrir una cuenta de ahorro. Además de otras barreras como la falta de confianza, los elevados costos, la distancia y la falta de documentación necesaria. Con la creación de las cuentas básicas se han reducido esas barreras permitiendo la inclusión financiera de los ciudadanos con esta herramienta que permite el acceso fácil, oportuno y sin costo excesivo para la población.
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La citada cuenta no requiere un monto mínimo de apertura ni saldo promedio mínimo para su mantenimiento. Aunque el monto total de acreditaciones mensuales será el que corresponda al límite aplicable a los “clientes de bajo riesgo”, establecido en la normativa de la Seprelad. El monto en el mes no debe sobrepasar el equivalente a seis salarios mínimos legales vigentes