Lafarja ofertó a Petropar un precio que no pudo cumplir, según resolución que cancela su contrato

Apareció finalmente la resolución de Petropar que rescinde contrato con la empresa AP SA, de Andrea Lafarja. La finalización de ese acuerdo se anunció el 20 de octubre último, que se oficializó con este documento recién el viernes 3 de este mes. La firma de la deportista tuvo que admitir que ofertó un precio que no pudo cumplir, revela el escrito.

La empresaria Andrea Lafarja, el presidente de la ANR Horacio Cartes y el ministro de Justicia, Ángel Barchini, durante la campaña proselitista de Santiago Peña.gentileza
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Hoy se publicó en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) la resolución Nº 331/23 del titular de Petróleos Paraguayos (Petropar), Eddie Jara, con la cual se rescindió el contrato con la empresa AP SA, de Andrea Lafarja.

El documento fue fechado el 3 de noviembre de 2023, lo que significa que, oficialmente, la anulación del acuerdo se concretó recién la semana pasada, casi 15 días después del anuncio oficial. Según el documento, la rescisión del contrato ocurrió porque la empresa no presentó la póliza de fiel cumplimiento del fallido contrato para la provisión de gasoíl.

Además de eso, la resolución de Jara reveló que la firma de la deportista tuvo que admitir mediante una nota que ofertó un precio que no pudo cumplir. En este sentido, se destaca en el documento que, a través de la nota de fecha 18 de octubre último, la empresa de Lafarja comunicó a la estatal, en un descargo, que no iba a poder cumplir con el citado contrato por motivo de “fuerza mayor”.

El descargo de Lafarja a Petropar

“Lamentamos informar que, por estrictas razones de fuerza mayor, han hecho imposible que nuestro proveedor designado pueda garantizar la provisión ofrecida a los costos propuestos y el plazo requerido, quedando nuestra empresa sin respaldo necesario para dar cumplimiento al contrato”, se lee en la nota de AP SA a Petropar.

Añade que, “por dicha razón, nos hemos visto imposibilitados de realizar la entrega de la póliza de cumplimiento de contrato en el plazo legal previsto, ante imposibilidad de cumplir con el contrato. Ante ello, es nuestra responsabilidad poner a conocimiento de las autoridades de la entidad”, se lee en el escrito.

Agrega lo siguiente: “nótese que la compra y/o provisión de gasoíl es un commodity energético caracterizado por la variación de precios casi diariamente, pero sobre todo muy vulnerable a la coyuntura internacional. Esta situación, obviamente ha comprometido a nuestro proveedor y afectado nuestra responsabilidad responsabilidad ante Petropar”.

Con este escrito de AP SA se evidencia que la compañía no pudo cumplir con su contrato debido al bajo precio que ofertó, situación que se venía advirtiendo a la petrolera pública desde el principio. Además echa por tierra las afirmaciones que hizo Lafarja en su momento, quien había asegurado que podía vender combustible más barato a la estatal, pese a que sus valores estaban alejados de los precios internacionales.

La firma AP SA presentó una declaración jurada como garantía de mantenimiento de oferta.

Petropar debe cobrar US$ 1,5 millones a la empresa tras el fallido contrato

Por otro lado, la resolución de Eddie Jara remitió los antecedentes del caso a la Dirección Jurídica de la estatal, a fin de realizar las gestiones correspondientes para el cobro de la garantía de mantenimiento de oferta, instrumentada por medio de declaración jurada. pero hasta la fecha nadie de la estatal pudo confirmar que se haya reclamado el pago de US$ 1,5 millones a la empresa AP SA, luego de que la firma no presentara la póliza de fiel cumplimiento del fallido contrato para la provisión de gasoíl, que fue el motivo de la rescisión del acuerdo.

La firma de la deportista contrajo esta obligación con la petrolera pública en una declaración jurada de mantenimiento de oferta, que es un documento que presentó como parte de su propuesta, y se le debía reclamar justamente en caso del incumplimiento en la presentación de la póliza de fiel cumplimiento del contrato.

Lo último que informó Jara al respecto es que la evaluación del reclamo de esta garantía está en el área jurídica de la estatal, donde se definirá si se le tiene que intimar o enjuiciar a AP SA. Esto pese a que el pliego de bases y condiciones (PBC) establece claramente que el pago de la declaración jurada de mantenimiento de oferta debía reclamarse en caso de incumplimientos “contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la convocante (Petropar), sin que ésta tenga que justificar su demanda”.

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