En la jornada de ayer, lunes, 31 de julio estaba prevista a las 09:00 la realización de la audiencia preliminar de Raúl Silva Busto, quien se encuentra acusado por aparentes hechos punibles por su gestión en los años en que estuvo en la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar). Pero la diligencia se suspendió a pedido de la defensa, ejercida por Rodrigo Yodice.
El abogado indicó a ABC que él estaba imposibilidatado de asistir a la audiencia mencionada porque se encontraba en un juicio oral y público de otro caso. Específicametnte, de Nélida Huespe de Peralta y Celina Villalba de Lovera, acusadas por apropiación y lesión de confianza en perjuicio de la Asociación Central de Funcionarios Públicos y Docentes Jubilados del Paraguay, donde la Fiscalía y la querella estiman un perjuicio de G. 1.200 millones.
De esta manera, en el caso Conajzar, la nueva convocatoria para el desarrollo de la diligencia postergada queda a cargo del juez de Garantías especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú.
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Actualmente, Silva es funcionario de la Entidad Binacional Yacyreta (EBY) y tiene un ingreso superior a G. 43 millones, según figura en la nómina de funcionarios al mes de junio último en el portal de la institución.
La fiscala Estefanía González sostuvo que Silva, quien fue integrante de Conajzar desde noviembre del 2018 hasta agosto del 2020, tuvo responsabilidad junto a otros exfuncionarios en la comisión de aparentes hechos punibles en la adjudicación de la quiniela a la empresa TDP SA, cuyo directivo es Álvaro Wasmosy, a pesar de que la misma se encontraba morosa de sus obligaciones con el Fisco, en diciembre de 2020. Asimismo, también lo responsabiliza por la reducción del canon a concesionarias en pandemia, otros de los temas investigados en este caso.
Conforme al acta de imputación, Silva era integrante de la comisión en representación del Ministerio de Interior. En ese entonces, tenía responsabilidad del control de cumplimiento de las obligaciones de la concesionaria de la quiniela, período 2015-2020.
Tales obligaciones son los pagos del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (Iracis)-reemplazo en los años siguientes por el IRE- y del impuesto establecido en la Ley N° 431/73 a favor de los veteranos de la Guerra del Chaco. Así también, la donación a entidades de beneficencia establecida en la Ley N° 1016/97 y lo relativo a premios no entregados según estipula la Ley N° 4392/11 del Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud (Fonares). La Fiscalía sostuvo que no encontró documentos que evidencien cumplimientos de estos compromisos por parte de TDP SA.
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En ese entonces, TDP SA explotaba el juego, y en 2020 se le volvió adjudicar la concesión del mismo, mediante una licitación pública y que fue confirmada vía Decreto N° 4452.
Asimismo, la fiscala le responsabiliza por aprobar la reducción del canon en pandemia, alegando la crisis económica. La decisión implicó una caída de los ingresos de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (Diben), en plena crisis sanitaria.
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Cabe recordar que la comisión había solicitado un parecer a la Procuraduría, en ese entonces a cargo de Sergio Coscia, para conocer si las medidas económicas de la pandemia alcanzaban al rubro de juegos de azar. La respuesta fue que para ello, se requería un nuevo decreto.