En el Senado aceptan objeción parcial a la ley para energías renovables

La comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que preside el senador Hugo Richer, dictaminó hoy aceptar la objeción parcial y sancionar la parte no objetada por el Poder Ejecutivo del proyecto de ley “Que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables no convencionales, no hidráulicas”.

El decreto del Poder Ejecutivo que objeta parcialmente la ley “Que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de Energía Eléctrica a partir de fuentes de Energías Renovables no Convencionales no Hidráulicas”.Gentileza
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Durante la reunión conjunta de las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo; de Industria, Comercio y Turismo, encabezada por el legislador Patrick Kemper, y la de Economía, Cooperativismo, Desarrollo e Integración Económica Latinoamericana, liderada por el senador Abel González, en reunión conjunta, sus integrantes analizaron el Mensaje N° 707 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, con el que remite el Decreto N° 8001/22 y objeta parcialmente el proyecto de Ley N° 6.977/2022 “Que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables no convencionales no hidráulicas”.

Al respecto, los integrantes de la Comisión de Legislación aconsejaron aceptar la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo y sancionar la parte no objetada.

El objetivo del proyecto es que se desarrolle el mercado de energía eléctrica no hidráulica, industria prácticamente inexistente actualmente en nuestro país. La idea es que un particular pueda instalar los equipos y producir, utilizar y comercializarla a través de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

En la reunión conjunta, el asesor Lucas Barrios señaló que el Poder Ejecutivo objeta dos artículos; el 11 y el 38. “El 11 se refiere a las licencias que se otorgan en virtud a esta ley, licencias renovables no convencionales, que el artículo hace una remisión completa a otra ley referente al otorgamiento de licencias de la Ley 30/09/2006″, indicó.

Agregó que al Ejecutivo no le gusta, porque dice que si va a exigir una licencia no hay porqué hacer esa remisión, y que solo debe otorgarse la licencia en virtud del texto de la ley que está a consideración. “De manera que no le gusta la remisión y por eso objeta”, explicó.

En cuanto al artículo 38, el Ejecutivo argumenta que se está poniendo en vigencia una ley de unos artículos ya derogados por la ley de reordenamiento financiero, específicamente la ley de reorganización del sistema financiero. “Esa ley había suspendido y derogado una serie de excepciones fiscales y lo que hace con la objetada es reflotar los incentivos fiscales y las excepciones que se tenían”, explicó Barrios.

Recordó que la ley de reordenamiento administrativo y de reordenamiento fiscal que se promulgó en el 2004 en la Ley 2421 había derogado esas excepciones fiscales en virtud de las leyes de inversión.

Por su parte, el senador Fernando Silva Facetti, manifestó que corresponde la aceptación del veto parcial. “Es un marco jurídico que se necesita porque acá hoy, si no hay un marco jurídico, estamos desalentando la inversión en el tema energético, porque tenemos la energía eléctrica que es más limpia y más barata, entonces nadie quiere invertir en algo que no se necesita”, argumentó.

El legislador agregó que considera que lo que harán es la estructuración de un marco jurídico para garantizar que aquellos que estén interesados en fuentes alternativas de energía no renovables no hidráulicas puedan tener la previsibilidad que otorga una ley y la garantía para poder incursionar en esto. “Dentro de unos años, cuando lleguemos a nuestro tope de energía eléctrica hidráulica va a justificar este marco jurídico, porque vamos a tener un plan B o Z”, puntualizó.

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