Teniente ya no quiere que se intente frenar su arresto

El abogado de la teniente Carmen Quinteros señaló que tenía una última estrategia jurídica para evitar que su clienta cumpla el arresto de 45 días por pedir permiso para amamantar, pero la militar ya no quiere que se intente frenar la sentencia.

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El defensor Carlos Mendoza explicó que el último camino que le quedaba era pedir una aclaratoria para forzar a estudiar una tercera opción de prescripción. Señaló que la Corte tuvo en cuenta solamente un cómputo, desde que la teniente presentó su escrito hasta que se abrió el sumario, pero el artículo 69 del Código Penal Militar habla de tres circunstanciales en las que la causa puede prescribir.

“Una circunstancia es la que estudió la Corte, otra desde que empieza a cumplir y, por ejemplo, la teniente escapa. Si pasan 145 días de su orden de captura y ya prescribe. La tercera opción de prescripción es desde la fecha de la sentencia; en este caso la fecha de la sentencia pasaron más de dos años y medio”, amplió el abogado.

El jurista recordó que desde que ingresaron la causa a la Corte han pasado 19 meses. Haciendo el cálculo, son prácticamente 600 días, por lo que ha sobrepasado ampliamente el plazo de 45 días establecido en el Código Penal Militar, y la causa también debería prescribir.

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“En la aclaratoria yo le estaría diciendo a la Corte que estoy de acuerdo con que no prescribió en el primer punto, pero según los otros dos puntos sí”, manifestó el abogado Carlos Mendoza.

El inconveniente es que la misma militar ya no quiere que se intente nada con su proceso. “No quiere exponerse más, está a la mitad de su carrera militar y le afecta un poquito con sus superiores y camaradas”, argumentó su abogado, quien quería intentar esta última estrategia como recurso para salvar a la teniente del arresto al que fue sentenciada. Todo indica que la militar teme por el futuro de su carrera militar.

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El jurista precisó que la sentencia queda firme el 9 de mayo, y si no se presenta la aclaratoria, se comunica que nadie apeló, por lo que la Corte ordena que se dé cumplimiento al arresto.

El calvario de la teniente de fragata Carmen Dolores Quinteros Giménez empezó en el año 2016, cuando se desempeñaba como intendente girador de la Dirección de Servicio de Sanidad de la Armada, época en que salió con permiso de maternidad.

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A su regreso, luego de permanecer más de 10 días en una oficina sin cargo, se dispuso su traslado al Comando de Institutos Navales de Enseñanza - Escuela de Formación de Suboficiales.

En nota dirigida al comandante de la Armada, Quinteros solicitó reconsideración de la decisión y recordó la vigencia de la entonces reciente promulgación de la Ley N° 5508/15, “De la promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia”, que en su artículo 15 establece que “la mujer gozará de inamovilidad laboral hasta un año después del nacimiento adopción de la niña o niño”.

Quinteros explicó además que la función que le correspondería cumplir en dicha unidad era incompatible con las necesidades de su hijo en esta etapa de lactancia.

Asimismo, resaltó que las decisiones administrativas contrarias a las leyes configuran abuso de autoridad, según el artículo 1645 del Código Penal Militar.

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