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“Es un fallo soñado en materia de acceso a la información, deja todas las cosas en su lugar”, aseguró Santagada, luego de que se diera a conocer la sentencia de la CJS, en la que se establece que los tres poderes deben garantizar el acceso a la información a los ciudadanos.
La sentencia sienta explícitamente que en Paraguay, el acceso a la información pública es un derecho humano. “Es un antes y un después para el país, es de esos fallos que marcan una época”, agregó.
La Corte consideró la interpretación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el caso “Claude Reyes vs Chile”, fundamentada en el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, que estipula expresamente el derecho que tiene toda persona al acceso a la información bajo el control del Estado.
“Es el primer fallo de la Corte Suprema en el cual se trata el tema de acceso a la información pública y adopta los estándares del sistema interamericano de protección de Derechos Humanos”, sostuvo.
Explicó además, que la legislación presentada en la Cámara de Senadores la semana pasada “sigue los mismos lineamientos” que la sentencia, ya que también está basada en el modelo sentado por la organización internacional.
El mencionado anteproyecto, denominado “Ley de Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental”, establece obligaciones mínimas de transparencia, que incluyen publicar presupuestos, ejecuciones presupuestarias, organigramas con nombres y apellidos, salarios de los funcionarios públicos y sus obligaciones, declaraciones juradas y viáticos desembolsados, entre otros.