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Desde este miércoles, los créditos acumulados en líneas telefónicas no vencerán ni caducarán, por la resolución Nº 923/14 emitida por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) que reglamenta Ley Nº 5.177/14 promulgada recientemente por el Ejecutivo.
Eduardo González, presidente de la institución, detalló que los saldos que no caducan son los correspondientes a planes post pago (planes, factura fija, plan mensual) recargas o prepago siempre que no estén incluidas dentro de las promociones.
“Lo que no tiene tiempo de caducidad son las recargas normales mientras uno no compre promociones”, puntualizó.
De esta manera, los paquetes de promoción, duplicación de saldo, compra de megas para navegación en internet, saldo ilimitado para llamadas o mensajes de texto, no son incluidos en esta lista, porque toda promoción específica tiene vigencia por un tiempo determinado, según precisó.
La modificación del artículo 93 de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en adelante estipula que los montos pagados por los usuarios a los prestadores a telefonías móviles, así como el servicio de acceso a internet “generan derechos de uso de dichos servicios a favor de los usuarios desde la fecha de su adquisición que mantienen su vigencia y la plena capacidad de ser utilizados para la retribución de estos servicios”.
Asimismo, esta resolución implica que las telefonías deberán dar al usuario, en caso de baja de la línea, la posibilidad de ejercer el derecho a transferir la totalidad de los créditos a otra línea de la misma red.
González subrayó que los usuarios que tengan quejas respecto a este punto pueden recurrir al Centro de Atención al Público (CAP) de Conatel, ubicado en el Edificio Aifra en Paraguayo Independiente y 14 de mayo, segundo piso en horarios de oficina o, de lo contrario, llamar al 438 2000 y pedir comunicación con el CAP.
Además a través del portal digital de la institución www.conatel.gov.py.