Reglamentan jubilación docente

Un decreto del Poder Ejecutivo, establece los lineamientos de la jubilación para docentes del sector privado, el documento tiene como objetivo complementar la ley aprobada en 2015.

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El decreto 5215/2016, reglamenta la ley de jubilación docente para el sector privado, en lo referente a pensiones con componentes no contributivos. Cabe mencionar que la jubilación para este sector será financiada conjuntamente por el Ministerio de Hacienda y el Instituto de Previsión Social, mediante subsidio.

De esta manera el documento del Ejecutivo establece que los sujetos a la jubilación docente, son aquellos docentes en relación de dependencia que imparten enseñanza en una o más instituciones privadas, tanto de enseñanza formal y no formal que estén reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura

Otro de los puntos de la normativa refiere que están fuera del régimen jubilatorio aquellos docentes que ya perciban una jubilación del Instituto de Previsión de Social, los que sean propietarios de instituciones educativas, como también los que ejercen cargos de directores, gerentes y administradores dentro de une establecimiento de este tipo.

Del mismo modo el docente del sector privado tendrá derecho a las prestaciones de salud previstas para los trabajadores cotizantes del Seguro Social Obligatorio – Régimen General, como también el derecho al reposo por enfermedad, accidente laboral y maternidad, conforme a las normas vigentes.

La ley fue sancionada en el Congreso en diciembre de 2015, para nacidos hasta el año 1975, podrán jubilarse al cumplir con un requisito de 60 meses de aportes al IPS además de tener 60 años de edad y 25 años de antigüedad de servicio en instituciones educativas privadas reconocidas por el Ministerio de Educación.

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