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La resolución firmada por Leopoldo López, director de Registro de la Dirección General de Derechos de Autor, expresa que las tareas de recaudación y gestión administrativa se desarrollarán por 30 días prorrogables, bajo la intervención y administración judicial del Lic. Librado Sánchez, conforme lo establece la Ley 1328/98, y bajo el control permanente de esta Dirección de la Dinapi.
La ampliación del plazo fue solicitada por el interventor judicial de APA, Librado Sánchez, para continuar con las recaudaciones y otras gestiones administrativas; además remitió al Tribunal de Apelación Civil y Comercial un informe preliminar sobre la situación financiera contable de APA, y un memorando en el cual constan los saldos bancarios a la fecha, de la entidad de gestión colectiva.
Asimismo, la resolución señala que una vez finalizado el plazo, el interventor judicial deberá elevar un informe ejecutivo a la Dirección General de Derechos de Autor, con un resumen económico financiero, saldos en cuentas bancarias, contrataciones realizadas, importe total recaudado, a los efectos de renovar por igual tiempo la presente autorización.
Cabe recordar que por una resolución anterior de fecha 2 de agosto, la Dirección General de Derechos de Autor había autorizado el funcionamiento provisional de APA por 30 días prorrogables; el plazo ya se cumplió, por lo que resulta fundamental la ampliación de dicho periodo.
En tanto, el pasado 29 de agosto, en la sede de Autores Paraguayos Asociados (APA) se iniciaron los pagos de los derechos de compensación equitativa por copia privada, fonos mecánicos y derecho de autor mínimo, a todos los socios que tengan derecho a ello acorde a la utilización proporcional del repertorio.
Además, por Resolución N° 102/16, la Dirección General de Derechos de Autor y Derechos Conexos de la Dinapi había determinado extender el proceso de inspección y fiscalización administrativa en APA, por seis meses más.