Promulgan Ley #PorEllas

La Ley Nº 5.777, de Protección Integral a las Mujeres, contra todo tipo de violencia, fue promulgada por el Ejecutivo esta mañana. Mediante esta normativa se garantiza la seguridad para la víctima y toda su familia.

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La ministra de la Mujer, Ana Baiardi, comunicó esta mañana la promulgación de la Ley de Protección Integral a las Mujeres, contra toda forma de violencia. “Hoy es un día histórico para el Paraguay”, señaló. En esta normativa se implementa el feminicidio como delito penal, lo que entra en rigor a partir de mañana.

La expectativa de pena del feminicidio va de 10 a 30 años. “La realidad, lastimosamente, nos lleva a tener que implementar este delito. En este año ya tenemos 38 casos de feminicidio en nuestro país, es decir una muerte cada 9 días. Pero cabe resaltar que no siempre la muerte de una mujer es feminicidio”, manifestó la ministra.

No obstante, la Ley Nº 5.777 entrará en vigencia totalmente recién el año que viene. Baiardi resaltó que mediante ésta se tendrá que habilitar nuevos albergues en cada departamento, a fin de proteger a las víctimas y a toda su familia. Estas casas de acogida estarán a cargo de cada gobernación, al igual que todo el personal necesario.

“También se establece que recibirán sanciones los funcionarios que no cumplen con su trabajo establecido por ley: acudir ante el llamado de la víctima. La idea es que no queden en el olvido”, añadió Baiardi. Además, resaltó la importancia de que todos los miembros de la sociedad estén atentos y comprometidos para luchar contra la violencia hacia la mujer.

El Ministerio de Defensa Pública deberá prestar asistencia jurídica y patrocinio legal a las mujeres en situación de violencia sin necesidad de prestar el beneficio de litigar sin gastos, debiendo llevar un registro de todos los casos de violencia y reportarlos al Sistema Unificado y Estandarizado de Registro, refiere la normativa.

En cuanto a las medidas de protección contra la violencia doméstica, la ley prevé que en los casos de violencia entre cónyuges, convivientes o parejas sentimentales, aunque se trate de relaciones vigentes o finalizadas, la persona denunciada se mantenga a una distancia determinada mínima de la mujer, de sus hijos y de otras personas vinculadas a ella.

También se establece la disposición de custodia policial en el lugar donde se encuentre la mujer agredida por el tiempo que se considere necesario.

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