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De acuerdo al texto, la “autorización” firmada por el mandatario - como lo anunció en su cuenta de Twitter - para que su hijo adolescente haga el SMO viola derechos de los niños y adolescentes contemplados en leyes nacionales e internacionales.
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De acuerdo al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados - ratificado por ley n° 1978/2002 - expresa en su artículo 3 que los menores de 18 años “tienen derecho a una protección especial” y que los Estados no pueden reclutar jóvenes por debajo de esa edad.
El Estado paraguayo adecuó sus normas en el 2007 con la ley 3360 en la cual se establece claramente que “en ningún caso podrá admitirse la prestación del servicio antes de los 18 años de edad”, según reza el escrito presentado por los abogados Diana Vargas y Jorge Rolón Luna.
“La redacción de la norma es clara al establecer que tal prohibición no tendrá excepción en ningún caso, sin embargo las autoridades castrenses han señalado ante los medios de prensa que mediando una autorización de los padres o judicial, los adolescentes pueden ser reclutados al servicio militar, violando las normas referidas”, sostienen los denunciantes.
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En el texto recuerdan que entre 1989 y el 2012, bajo custodia de las Fuerzas Armadas han sido víctimas 147 niños soldados y conscriptos de desapariciones forzadas, ejecución extrajudicial y otras violaciones.
Solicitan finalmente que se requiera con urgencia al Juzgado de la Niñez y la Adolescencia la adopción de medidas cautelares a fin de garantizar la integridad de los adolescentes reclutados para cumplir con el servicio militar obligatorio.