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Los fiscales señalaron que, seguidamente, analizarán los tipos penales por los cuales es investigada “Perlita” y los años de pena a los que se expone. Está procesada por cobro indebido de honorarios, con una pena privativa de libertad máxima de 2 años o multa; producción indebida de certificados sobre méritos y servicios, previsto en el Art. 258 inc. 3° del Código penal con una pena máxima de 1 año o multa, y uso de certificados sobre méritos y servicios, con una pena máxima de 1 año o multa.
Igualmente, fue acusada en carácter de instigadora por el hecho de expedición certificados sobre méritos y servicios, previsto en el art. 257 del CP, con una pena de hasta 2 años o multa. Atendiendo a que la misma fue acusada por varios tipos penales, de conformidad al Art. 70 del Código Penal, el marco penal que podría ser aplicado a la misma va desde seis meses de pena privativa de libertad hasta 3 años como máximo.
Conforme al marco penal antes expuesto, esto es jurídicamente aplicable, indican los fiscales. La realización de un procedimiento abreviado en el cual la misma admite los hechos que se le atribuyen y acepta la condena impuesta, que en este caso la solicitada por el Ministerio Pública será la máxima prevista para el hecho punible de cobro indebido de honorarios, es decir, 2 años con suspensión a prueba, dónde tendrá que pagar G. 17 millones mensuales.