Peña con "permiso" para campaña

El ministro de Hacienda Santiago Peña, candidato a presidente ìmpulsado por el propio Horacio Cartes, solicitó permiso al frente de su cartera para meterse de lleno a impulsar su candidatura, intentando revertir el rechazo de los líderes colorados.

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Mediante un comunicado a través de las redes sociales, se informó que Peña solicitó permiso el pasado viernes, a la vez que se informa que queda en su reemplazo como ministro sustituto el subsecretario de Administración Financiera Ramón Ramírez Caballero. De esta mañera, el extitular de Hacienda concreta los anunciado, de que recorrería el país buscando hacer prender su candidatura para el 2018.

Peña, quien tendría la venia de Cartes ya que se mostró el pasado viernes con el mandatario,  pero no así de los otros principales referentes políticos de Honor Colorado habría sido emplazado para lograr un acercamiento y aceptación, teniendo en cuenta su reciente afiliación colorada y falta de militancia.

Entre los principales detractores de Peña se encuentra el vicepresidente Juan Afara, quien también tendría intenciones de candidatarse a la presidencia de la República. Otros de los que cuestionó la eventual postulación del Ministro "con permiso" es el presidente de Diputados, Hugo Velázquez, quien advirtió de su alejamiento de Honor Colorado su se concreta la postulación de Peña por el movimiento oficialista. 

La senadora opositora Desireé Masi por su parte cuestionó la figura del “permiso” solicitado por Peña para hacer campaña. La misma aduce que dicha figura no está contemplada para casos de campaña electoral, y que el ministro debería de renunciar para dedicarse a la labor política.

La senadora invocó los artículos Art 50 y 54 Ley 1626 de la “Función Pública”. Específicamente el artículo 54 refiere a los permisos especiales, y en él están taxativamente detallados los motivos habilitados para poder solicitarlo.

“Podrá asimismo concederse permiso especial, sin goce de sueldo, en los siguientes casos: a) para prestar servicios en otra repartición, hasta un año; b) para usufructuar una beca de estudio o capacitación, hasta tres años; y, c) para ejercer funciones en organismos públicos internacionales, hasta cuatro años”, indica la ley. 

 

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